Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
Auto Supremo Nro. 316/2013
Sucre, 1 de noviembre de 2013
Expediente: Cochabamba 183/2013
PARTES PROCESALES: Ministerio Público contra Efraín Luján Gutiérrez
Delito: tráfico de sustancias controladas
MAGISTRADO RELATOR: Jorge I. von Borries Méndez
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Efraín Luján Gutiérrez (fs. 140 a 142), impugnando el Auto de Vista Nro. 40 emitido el 27 de noviembre de 2012 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 124 a 126), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado en el artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.
CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)
Que el recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:
Sustanciado el juicio oral y ordinario, el Tribunal de Sentencia de Aiquile, dictó Sentencia Nro. 9/2010 el 30 de abril de 2010, declarando a Efraín Lujan Gutiérrez autor del delito de tráfico de sustancias controladas, condenándolo a la pena de diez años de presidio.
Contra la citada Sentencia el acusado formuló recurso de apelación restringida (fs. 108 a 111), resuelto por Auto de Vista Nro. 40 de 27 de noviembre de 2012 (fs. 124 a 126), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que lo declaró parcialmente procedente, sin anular Sentencia declaró al acusado Efraín Luján Gutiérrez autor de comisión del ilícito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, condenándolo a la pena de nueve años de privación de libertad a cumplir en la Cárcel Pública de “San Sebastián” varones de la ciudad de Cochabamba, dando con ello origen al recurso de casación que es caso de autos.
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