Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0316/2024

Tribunal Supremo de Justicia
9 de mayo de 2024Social 1eraMag. Nuria Gisela Gonzales Romero
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 316

Sucre, 09 de mayo de 2024

Expediente: 130-2024

Demandante: Henry López Arnez

Demandado: Corporación del Seguro Social Militar (COSSMIL)

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: La Paz

Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero

VISTOS: Los recursos de casación de fojas 237 a 240, interpuesto por la Corporación del Seguro Social Militar (COSSMIL); y de fojas 243 a 251 deducido por Henry López Arnez, contra el Auto de Vista N° 120/2023 de 3 de agosto, de fojas 234 a 235 vuelta, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Henry López Arnez contra COSSMIL; el memorial de contestación de fojas 253 a 255 vuelta; el Auto de 15 de enero de 2024, de fojas 256 que concedió los citados medios de impugnación; la providencia de 29 de febrero de 2024, que admitió ambos recursos; los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Novena de La Paz, emitió la Sentencia N° 233/2022 de 20 de junio (fojas 204 a 208), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de pago de beneficios sociales y derechos laborales de fojas 50 a 54, subsanada a fojas 57 y vuelta; en consecuencia, dispuso que la entidad demandada a través de su representante legal, cancele a favor del actor Henry López Arnez, la suma de Bs. 124.968,76 de acuerdo a lo siguiente:

Tiempo de Servicios: 18 años, 5 meses y 20 días

Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 6.278,40.-

Indemnización: Bs. 113.011,20.-

Vacaciones 2010-2011 Bs. 2.616,00.-

Duodécimas de vacación Bs. 2.714,36.-

TOTAL Bs. 124.968,76.-

Monto que deberá ser actualizado en UFVs, más la correspondiente multa del 30% que dispone el Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006; asimismo, de su resultado deberá deducirse el pago parcial de Bs. 118.190,88.-

I.2. Auto de Vista

Deducido el recurso de apelación de fojas 211 a 219 vuelta, por la demandante; la Sala Social y Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de Vista N° 120/2023 de 3 de agosto, de fojas 234 a 235 vuelta, confirmó la Sentencia N° 233/22 de 20 de junio de 2022.

I.3. Motivos de los recursos de casación

I.3.1. PRIMER RECURSO: Interpuesto por COSSMIL de casación en la forma y en el fondo, mediante escrito de fojas 237 a 240, en el que expresó las siguientes vulneraciones:

Denunció la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, en cuanto a la relación laboral del actor en COSSMIL, que tiene un régimen normativo especial; manifestando que dicho aspecto no fue dilucidado por la Jueza de primera instancia, ni por los vocales que suscriben el auto de vista ahora recurrido.

Mostrando 26 de 51 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Henry López Arnez
Demandado
Corporación del Seguro Social Militar (COSSMIL)
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Nuria Gisela Gonzales Romero
Tribunal Supremo de Justicia9 de mayo de 2024AS/0316/2024Fuente oficial