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AS/0318/2018

Tribunal Supremo de Justicia
6 de julio de 2018Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Relación laboral / Alcances / Elementos que la definen

Señala el recurrente que la relación jurídica existente entre la Lic. Mery Paredes Gonzáles y la Caja de Salud de Caminos y RA, no era de índole obrero-patronal sino una relación contractual de tipo civil en primera instancia y posteriormente de naturaleza administrativa; en consecuencia, dice, que ...

Proceso
Laboral
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 318

Sucre, 6 de julio de 2018

Expediente : 164/2017

Demandante : Mery Paredes Gonzáles

Demandado : Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas (RA) Regional Sucre

Materia : Laboral

Distrito : Chuquisaca

Magistrado Relator : María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: Rosario Virginia Cors Pedrozo, en su condición de Administradora II de la Regional Sucre y apoderada del representante legal de la Caja de Salud de Caminos y RA, interpone recurso de casación en el fondo, contra el Auto de Vista 158/2017 de 17 de marzo, cursante de fs. 598 a 599, dictado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso Laboral seguido por Mery Paredes Gonzáles contra la institución demandada, el Auto que concede el recurso de fs. 607, el Auto Supremo de admisión 164-A de 5 de mayo de 2017, antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES PROCESALES

Sentencia

La demanda laboral incoada por Mery Paredes Gonzáles contra la Caja de Salud de Caminos y RA Regional Sucre, mereció la Sentencia 46/2016 de 31 de agosto, cursante de fs. 573 a 577 de obrados, dictada por la Jueza de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declara probada en parte la demanda de fs. 38 a 41 de obrados.

Auto de Vista.

En apelación interpuesta por la institución demandada, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista 158/2017 de 17 de marzo, cursante de fs. 598 a 599, confirma totalmente la sentencia apelada.

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El Auto de Vista, motivó que, la Caja de Salud de Caminos y RA formule recurso de casación, cursante de fs. 602 a 605 de obrados, expresando lo siguiente:

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CARACTERÍSTICAS DE LA RELACIÓN LABORAL/Los derechos y obligaciones emergentes de trabajo asalariado, constituye características esenciales de la relación laboral; como ser: de dependencia y subordinación, prestación de trabajo y remuneración; por tanto corresponde el pago de beneficios sociales por el tiempo en que se hayan cumplido con las mismas.

Datos del proceso

Demandante
Mery Paredes Gonzáles
Demandado
Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas (RA) Regional Sucre
Proceso
Laboral
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 1 del Decreto Supremo 23570 Artículo 2 del Decreto Supremo 28699

Tribunal Supremo de Justicia6 de julio de 2018AS/0318/2018Fuente oficial