Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 319/2022-RA
Fecha: 10 de mayo de 2022
Expediente: CB-17-22-S
Partes: Basilio Velasco Pinto c/ Simón Breton Meneses y Julia Valles Velasco de
Breton.
Proceso: Nulidad de documento y otros.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 674 a 677, interpuesto por Julia Valles Velasco de Breton, contra el Auto de Vista de 29 de marzo de 2021 de fs. 663 a 670 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de nulidad de documento y otros, seguido por Basilio Velasco Pinto contra Simón Breton Meneses y la recurrente; la contestación de fs. 686 a 688 vta., el Auto de concesión de 11 de abril de 2022 visible a fs. 703, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Basilio Velasco Pinto, por memorial de fs. 13 a 19 vta., inició proceso ordinario de nulidad de documento y otros, contra Simón Breton Meneses y Julia Valles Velasco de Breton, quienes una vez citados, esta última, mediante escrito de fs. 22 a 23 y a fs. 48 vta., contestó negativamente, interpuso excepciones y reconvino postulando reconocimiento de derecho propietario, acción negatoria más pago de daños y perjuicios; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 27 de diciembre de 2018, que cursa de fs. 571 a 578 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 8° de la ciudad de Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda, PROBADAS las excepciones y PROBADA la acción reconvencional, sin costas ni costos.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Basilio Velasco Pinto, representado por Jorge Valdivieso Villegas, mediante memorial de fs. 587 a 618 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 29 de marzo de 2021 de fs. 663 a 670 vta., que REVOCÓ la Sentencia apelada, en consecuencia declaró PROBADA la demanda principal, declaró IMPROBADA la demanda reconvencional y las excepciones planteadas por los demandados.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Julia Valles Velasco de Breton, según escrito de fs. 674 a 677, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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