Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 320/2007 FECHA:4 de diciembre de 2007
EXP. N°: 16/1986
PROCESO: Juicio de Responsabilidad.
PARTES: Fiscal General de la República contra Luis García Meza Tejada y otros.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud formulada por el Fiscal General de la República y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, el Mandamiento de Condena Nº 21 de 27 de abril de 1993 y
CONSIDERANDO: Que la sentencia pronunciada por el Tribunal Supremo el 21 de abril de 1993, dispuso que Luis Arce Gómez cumpla su condena en el Penal de Chonchocoro de la ciudad de La Paz; sin embargo, el Mandamiento de Condena Nº 21 de 27 de abril de 1993, señala como lugar de cumplimiento la Cárcel Pública de esta ciudad y contiene además palabras sobrescritas que no han sido aclaradas en su texto.
Que es deber de este Tribunal, corregir dichos errores en cumplimiento a lo determinado en el fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, deja sin efecto el Mandamiento de Condena Nº 21 de 27 de abril de 1993 y dispone se libre uno nuevo en el que debe observarse estrictamente lo dispuesto en la Sentencia de 21 de abril de 1993, en cuanto a que la condena impuesta a Luis Arce Gómez deberá ser cumplida en el Penal de Chonchocoro de la ciudad de La Paz.
No interviene el Ministro Jaime Ampuero García por excusa declarada legal. Tampoco la Ministra Rosario Canedo Justiniano por licencia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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