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TSJ

AS/0325/2014

Tribunal Supremo de Justicia
26 de junio de 2014Civil IMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Maltrato.
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 325/2014

Sucre: 26 de junio 2014

Expediente: O-20-14-S

Partes: Sergio Rolando Zelaya Jerez. c/ Daniela Lucía Marín Solís

y María Elena Solís Ruiz.

Proceso: Maltrato.

Distrito: Oruro

VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs. 157 a 163 y vta., interpuesto por Mirko Ruiz Hurtado en representación de Sergio Rolando Zelaya Jérez contra el Auto de Vista N° 35/2014 de 25 de febrero de 2014, cursante de fs. 147 a 154, pronunciado por la Sala Civil, Familiar y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso de Maltrato, seguido por Sergio Rolando Zelaya Jérez contra Daniela Lucía Marín Solís y María Elena Solís Ruiz; la concesión de fs. 167; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Tramitado el Proceso, el Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia de la capital, emitió la Sentencia N° 07/2014 de 15 de enero de 2014, cursante de fs. 119 a 126 y vlta., declarando improbada la denuncia de maltrato y velando por el interés superior del menor dispuso conceder el derecho de visitas por parte del padre Sergio Rolando Zelaya Jérez hacia su hijo S. R. Z. M., los fines de semana alternos, debiendo el padre recoger al menor del domicilio donde estuviese viviendo, el día sábado desde hrs. 14:30, debiendo devolverlo a hrs. 18:30, el siguiente fin de semana debe recogerlo el día domingo desde hrs. 14:30 y devolverlo a hrs. 18:30. De igual forma dispuso que las medidas determinadas deben contar con el control y seguimiento del equipo interdisciplinario; igualmente exhorto a los progenitores a mantener una comunicación abierta e intentar llegar a acuerdos en las decisiones que importen a su hijo. Finalmente en caso de presentarse algún imponderable o eventualidad en el momento de la primera entrevista del hijo con el progenitor, dispuso que mediante el Equipo Interdisciplinario se realice el acercamiento o relacionamiento paulatino con su padre.

Contra la referida Sentencia, Daniela Lucía Marín Solís interpuso recurso de apelación cursante de fs. 131 a 132 y vta.

En merito a esos antecedentes, la Sala Civil, Familiar y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista N° 35/2014 cursante de fs. 147 a 154, por el que Anula la Sentencia Nº 07/2014 de fecha 15 de enero de 2014, es decir hasta el estado en que el Juez inferior pronuncie nueva resolución en derecho, de acuerdo a procedimiento y conforme a los lineamientos vertidos en la misma.

Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo, interpuesto por Mirko Ruiz Hurtado por Sergio Rolando Zelaya Jérez, mismo que se pasa a considerar y resolver.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

El recurrente acusa como primer agravio la mala interpretación de la norma que realiza el Auto de Vista al señalar que el A quo no habría especificado si el recurso de apelación se habría concedido en el efecto devolutivo o suspensivo, pues el art. 284 del CNNA no indicaría la remisión de procesos en el efecto suspensivo o devolutivo.

De igual forma acusa que el Auto de Vista al aducir de contradictorio el informe emitido por el Equipo Interdisciplinario y que existiere incongruencia en la resolución del inferior, en razón a que pese a haber declarado improbada la denuncia otorgó el derecho de visita que hubiese pedido en su acción, obviando que el Equipo Interdisciplinario del Juzgado de la Niñez y Adolescencia coadyuvan con la función jurisdiccional, teniendo por finalidad ilustrar al juzgador permitiéndole tener una convicción y objetividad para arribar a decisiones adecuadas y de base sólida, por lo que el Juez en cumplimiento de los arts. 1º, 158 y 269 del Código Niño, Niña y Adolescente en medida preventiva y de protección hubiese dispuesto el derecho de visitas, por lo que no existiría contradicción en ninguno de los puntos de la parte resolutiva de la sentencia cuando dispuso el derecho de visita a favor del actor.

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Datos del proceso

Demandante
Sergio Rolando Zelaya Jerez.
Demandado
Daniela Lucía Marín Solís
Proceso
Maltrato.
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia26 de junio de 2014AS/0325/2014Fuente oficial