Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 325/2016.
Sucre, 20 de septiembre de 2016.
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA.425/2015.
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS: El recurso de casación o nulidad de fs. 101 a 102, interpuesto por Dennis Eduardo Antezana Rodríguez, contra el Auto de Vista Nº 055/2015 de 4 de marzo de fs. 97 a 98 vta., pronunciado por la Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social seguido por Víctor Chacón Alcocer contra el recurrente, la respuesta de fs. 105 a 107, el auto de fs. 108 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I.1.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.1- SENTENCIA:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Nº 03 de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia de 4 de mayo de 2012 de fs. 66 a 68, declarando probada en parte la demanda de fs. 1 a 2, sin costas, disponiendo que el demandado, pague a favor del actor la suma de Bs. 19.080.00.- (diecinueve mil ochenta 00/100 bolivianos), por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación, días domingos y feriados, más la actualización y multa prevista por el Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.1.2.- AUTO DE VISTA:
En grado de apelación, interpuesta por el demandado de fs. 71 a 72 de obrados, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 055/2015 de 4 de marzo, cursante de fs. 97 a 98 vta., confirmó la sentencia apelada de 4 de mayo de 2012, con costas.
I.2.- MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
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