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TSJ

AS/0325/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
15 de abril de 2024Civil
Proceso
Separación de bienes gananciales
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 325/2024-RA

Fecha: 15 de abril de 2024

Expediente: CB-19-24-S

Partes: Virginia Silva Soria c/ Rubén Flores Choque.

Proceso: Separación de bienes gananciales.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1094 a 1108 vta., interpuesto por Virginia Silva Soria, contra el Auto de Vista N° 360/2023, de 20 de diciembre, que sale de fs. 1076 a 1091 vta., pronunciado por la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro el proceso ordinario de separación de bienes gananciales, seguido por Virginia Silva Soria contra Rubén Flores Choque; la contestación de fs. 1112 a 1120; el Auto de concesión de 19 de marzo de 2024, visible a fs. 1121, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Virginia Silva Soria, por memorial de demanda que discurre de fs. 217 a 224 vta., ampliada de fs. 240 a 243 vta. promovió proceso ordinario de separación de bienes gananciales contra Rubén Flores Choque, quien una vez citado, por escrito de fs. 318 a 327 vta., se apersonó, contestó negativamente y planteó excepción de incompetencia; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 27 de septiembre de 2022, saliente de fs. 1007 a 1011, en la que la Juez Público de Familia 2° de Quillacollo-Cochabamba, declaró PROBADA la demanda, debiendo procederse en consecuencia con la liquidación de la comunidad de gananciales constituida por los esposos Rubén Flores Choque y Virginia Silva Soria, debiendo las partes nombrar a sus peritos para realizar el avalúo correspondiente, para asignar a cada parte lo que le corresponda; si no existiere acuerdo, se procederá al sorteo de ley.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Rubén Flores Choque, según memorial de fs. 1019 a 1028; originó que la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 360/2023, de 20 de diciembre, obrante de fs. 1076 a 1091 vta., que REVOCÓ parcialmente la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación, por Virginia Silva Soria, mediante escrito obrante de fs. de fs. 1094 a 1108 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico. Haciendo una interpretación integral de los arts. 392, 393, 394, 395 y 396 del Código de las Familias y del Procesal Familiar, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación, conforme el procedimiento establecido en el art. 400 de la Ley N° 603.

1. De la resolución impugnada.

Del análisis del Auto de Vista N° 360/2023, de 20 de diciembre, corriente de fs. 1076 a 1091 vta., se advierte que el mismo absuelve el recurso de apelación que fue interpuesto contra la Sentencia emitida dentro del proceso ordinario de separación de bienes gananciales, la que revocó parcialmente la resolución de primera instancia; lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 392 del Código de las Familias y del Procesal Familiar.

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Datos del proceso

Demandante
Virginia Silva Soria
Demandado
Rubén Flores Choque
Proceso
Separación de bienes gananciales
Tribunal Supremo de Justicia15 de abril de 2024AS/0325/2024-RAFuente oficial