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TSJ

AS/0326/2015

Tribunal Supremo de Justicia
18 de mayo de 2015CivilMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Tenencia y guarda de menor.
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L

Auto Supremo: 326/2015 - L

Sucre: 18 de mayo de 2015

Expediente: O - 27 - 10 – S

Partes: Elizabeth Marlene Mamani Pinaya c/ Gustavo Adolfo Poma

Choqueticlla.

Proceso: Tenencia y guarda de menor.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 224 a 228, interpuesto por Gustavo Adolfo Poma Choqueticlla contra el Auto de Vista Nº 51 de fecha 01 de marzo de 2010, cursante a fs. 220 a 221 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso ordinario de tenencia y guarda de menor seguido por Elizabeth Marlene Mamani Pinaya contra Gustavo Adolfo Poma Choqueticlla; el Auto de concesión del recurso de fs. 238, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Elizabeth Marlene Mamani Pinaya interpuso demanda ordinaria de tenencia y guarda de menor en contra de Gustavo Adolfo Poma Choqueticlla, fundada su pretensión en lo dispuesto por los arts. 38, 42 y 43 num. 1) del Código Niño, Niña y Adolescente, 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado y 255, 9 y 20 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, aduciendo que mantuvo vida concubinaria durante 4 años con Gustavo Adolfo Poma Choqueticlla, relación dentro de la cual procrearon a su hijo L. G. P. M., sin embargo durante este tiempo fue objeto de violencia física y psicológica por parte de su concubino, quien terminó llevándose a su hijo por la fuerza y sin autorización cuando el menor aún se encontraba en periodo de lactancia, hechos que fueron denunciados en su oportunidad sin embargo el demandado a efectos de rehuir la entrega del menor se fue a Brasil, para que a su retorno de aquel país la llevara con engaños a su domicilio donde nuevamente fue objeto de agresiones delante de su hijo, que demuestran la conducta violenta del demandado, solicitando en definitiva se conceda la guarda y tenencia de su hijo. Admitida la señalada acción, el demandado no respondió la misma, que motivo se lo declare rebelde.

Tramitado el proceso, el Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Oruro, pronuncia la Sentencia Nº 206/2008 de 23 de diciembre de 2009, declarando probada la demanda principal, otorgando la guarda y tenencia del niño Luis Gustavo Poma Mamani a favor de su madre Elizabeth Marlene Mamani Pinaya.

Sentencia recurrida de apelación por el demandado Gustavo Adolfo Poma Choqueticlla a través del memorial de fs. 202 a 204 de obrados, misma que fue resuelta por Auto de Vista No. 051/2010 de 01 de marzo de 2010, de fs. 220 a 221 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, que confirmó totalmente la Sentencia apelada.

Contra el referido Auto de Vista, Gustavo Adolfo Poma Choqueticlla, interpone recurso de casación en la forma, que es motivo de autos.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

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Datos del proceso

Demandante
Elizabeth Marlene Mamani Pinaya
Demandado
Gustavo Adolfo Poma
Proceso
Tenencia y guarda de menor.
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia18 de mayo de 2015AS/0326/2015Fuente oficial