Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 328/2021-RA
Fecha: 16 abril de 2021
Expediente: LP-64-21-S.
Partes: Jacinto Rodríguez Ayala representado legalmente por Julio Cesar Edgar
Aguilar Peñarrieta c/ la Universidad Mayor de San Andrés representada
legalmente por Waldo Albarracín Sánchez.
Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación más pago de daños y
perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante a fs. 335 a 339, interpuesto por Jacinto Rodríguez Ayala representado legalmente por Julio Cesar Edgar Aguilar Peñarrieta contra el Auto de Vista N° S-404/2020 de 16 de octubre, de fs. 317 a 320 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de mejor derecho propietario, reivindicación más pago de daños y perjuicios seguido por el recurrente contra la Universidad Mayor de San Andrés representada legalmente por Waldo Albarracín Sánchez, la contestación cursante de fs. 348 a 350, el Auto de concesión de 23 de marzo de 2021 cursante a fs. 351, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 10 a 11, Jacinto Rodríguez Ayala representado legalmente por Julio Cesar Edgar Aguilar Peñarrieta inició un proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación más pago de daños y perjuicios; contra la Universidad Mayor de San Andrés representada legalmente por Waldo Albarracín Sánchez, quien una vez citado, contestó negativamente a la demanda según memorial cursante de fs. 139 a 142 vta., desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia Nº 412/2019 de 12 de junio, cursante de fs. 254 a 259, donde el Juez Publico Civil y Comercial 2° de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda en cuanto a la calificación de daños y perjuicios a cuantificarse en sentencia e IMPROBADA la pretensión de mejor derecho propietario y reivindicación.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por la Universidad Mayor de San Andrés representada legalmente por Waldo Albarracín Sánchez, mediante memorial cursante de fs. 267 a 268 vta., por Jacinto Rodríguez Ayala representado legalmente por Julio Cesar Edgar Aguilar Peñarrieta según escrito de fs. 277 a 278 y por Jorge Ortiz Paucara en su calidad de Director de la Dirección Desconcentrada Departamental de La Paz de la Procuraduría General del Estado conforme memorial de fs. 284 a 285; originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista N° S-404/2020 de fecha 16 de octubre, cursante de fs. 317 a 320 vta., REVOCANDO parcialmente la Sentencia apelada y en su mérito declaró IMPROBADA la demanda principal.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Jacinto Rodríguez Ayala representado legalmente por Julio Cesar Edgar Aguilar Peñarrieta según memorial cursante de fs. 335 a 339, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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