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TSJ

AS/0329/2007

Tribunal Supremo de Justicia
20 de marzo de 2007Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2007

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 329-A Sucre 20 de marzo de 2007

DISTRITO: Potosí

PARTES : Rosalio Taboada Morales c/ Felipe Colque Condori.

Difamación y otros.

Sucre, 20 de marzo de 2007

VISTOS: El recurso de casación de fojas 171 a 172 vuelta, interpuesto por Rosalio Taboada Morales, impugnando el Auto de Vista Nº 03/2007 de 15 de enero de 2007, corriente de fojas 166 a 167, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal de acción privada seguida por el recurrente contra Felipe Colque Condori, por los delitos de difamación, calumnia, propalación de ofensas e injuria previstos en los Arts. 282, 283, 285 y 287 del Código Penal, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO: Que, en fecha 17 de octubre de 2006, el Juez de Sentencia 1ro. de Potosí, al ser insuficiente la prueba aportada para generar convicción sobre la existencia de responsabilidad penal y su participación en el hecho acusado, pronunció sentencia absolviendo al imputado Felipe Colque Condori, por los delitos de difamación, calumnia, propalación de ofensas e injuria previstos en los Arts. 282, 283, 285 y 287 del Código Penal, con costas a cargo del querellante, fs. 143 a 149 vuelta; decisión jurisdiccional contra la que el querellante Rosalio Tabeada Morales interpuso recurso de apelación restringida, declarado improcedente por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Potosí, mediante Auto de Vista de fs. 167 y 168.

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Datos del proceso

Demandante
Rosalio Taboada Morales
Demandado
Felipe Colque Condori.
Tribunal Supremo de Justicia20 de marzo de 2007AS/0329/2007Fuente oficial