Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 329/2023
Sucre, 15 de agosto de 2023
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente : 361/2023
Demandante : Gilberto Totora Villca
Demandado : Panadería El Sol
Proceso : Beneficios Sociales
Distrito : Santa Cruz
Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez
I. VISTOS: El recurso de casación de fs. 167 a 169, interpuesto por Carla Teodora Mamani Villca, contra el Auto de Vista 234 de 4 de noviembre, de fs. 146 a 152 vta., pronunciado por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales, seguido por el Gilberto Totora Villca contra la recurrente; el memorial de contestación de fs. 172 a 173 vta; el auto de 19 de mayo de 2023, de fojas 179 que concedió el citado medio de impugnación, el Auto 361/2023-A de 16 de junio, que admitió la casación; los antecedentes del proceso, y
II. ANTECEDENTES PROCESALES
II.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral de referencia, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Décimo Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 09/22 de 19 de abril, fs. 116 a 119 vta., declarando improbada la excepción de prescripción, probada en parte la excepción perentoria de pago; y, PROBADA la demanda de pago de beneficios sociales, con costas, disponiendo que la Panadería EL SOL representada legalmente por Carla Teodora Mamani Villca, cancele en favor del demandante la siguiente liquidación:
Tiempo de Servicios: 2 años, 4 meses y 11 días
Salario Promedio Indemnizable: Bs2.500.-
Desahucio; Bs7.500,00
Indemnización: Bs5.909,70.-
Duodécimas de aguinaldo; Bs1.041,70.-
Vacaciones: Bs2.916,70.-
Sueldos devengados: Bs3.000,00.-
SUB TOTAL Bs20.368,10.-
Multa del 30% Bs6.110,40.-
TOTAL Bs26.478,50.-
Monto que deberá actualizar de acuerdo a la UFV en ejecución de fallos, de acuerdo a lo establecido por el artículo 9 del Decreto Supremo 28699.
II.2. Auto de Vista
Deducido el recurso de apelación por la parte demandada de fojas 128 a 131; la Sala Social Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 234 de 4 de noviembre, de fs. 146 a 152 vta., CONFIRMÓ la Sentencia 09/22 de 19 de abril de 2022.
III. Argumentos del recurso de casación
La parte demandada, representada legalmente por Carla Teodora Mamani Villca dedujo recurso de casación mediante escrito de fs. 167 a 169, en el que expresó las siguientes vulneraciones:
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