Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº. 330/2013
Sucre, 18 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: Cochabamba 228/2013
PARTES PROCESALES: Eduardo Edmundo Navia Soria contra Silvia Rosa Rodríguez Bleichner
DELITO: despojo
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Silvia Rosa Rodríguez Bleichner (fs. 149 a 151), impugnando el Auto de Vista emitido el 3 de junio de 2013 por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 142 a 146), en el proceso penal seguido por Eduardo Edmundo Navia Soria contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de despojo, previsto y sancionado por el artículo 351 del Código Penal.
CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)
Que el recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:
Sustanciado el juicio oral y ordinario, el Juzgado de Sentencia Nro. 1 de la provincia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, que conoció esa causa, pronunció Sentencia el 20 de octubre de 2011 (fs. 100 a105), declarando a la imputada Silvia Rosa Rodríguez Bleichner, autora del delito de despojo, previsto y sancionado por el artículo 351 del Código Penal, condenándolo a un año de reclusión a cumplir en la Cárcel Pública de San Pablo, sección mujeres de la ciudad de Cochabamba, con costas en favor de la parte civil, más daños y perjuicios determinables en ejecución de sentencia.
Contra la citada Sentencia, la acusada Silvia Rosa Rodríguez Bleichner, formuló apelación restringida (fs. 114 a 117), resuelto por Auto de Vista de 3 de junio de 2013 (fs. 142 a 146), pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso de apelación restringida y confirmó en su integridad la Sentencia impugnada.
Con el Auto de Vista referido, la recurrente fue notificada en sus domicilios real y procesal el 8 de octubre de 2013 (fs. 147 y vuelta), formulando el recurso de casación, motivo de autos, el 14 de octubre de octubre de 2013 (fs. 149 a151).
CONSIDERANDO II: (Motivos del recurso de casación)
Que en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos:
1. Inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva. Señala que el Juez de Sentencia no realizó una adecuada apreciación objetiva e integral de las circunstancias en que se habrían suscitado los hechos; no determinó con precisión como es que su conducta configura los elementos constitutivos del tipo penal que se le acusa, tampoco determinó el móvil que habría empleado para consumar el delito, es decir, violencia, amenaza, engaño, abuso de confianza, aspectos que no otorgan certeza sobre su participación en el delito imputado y que al no existir la concurrencia de estos presupuestos, le correspondía al Juez de Sentencia, declarar su inocencia.
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