Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: Nº 334 Sucre, 27 de septiembre de 2005
DISTRITO: La Paz
PARTES: Marcelo Herrera Velez c/ Alina Castillo Barrientos y otros
Falsedad material y otros
*********************************************************************************
VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 289 a 291 y vuelta interpuesto por Marcelo Herrera Velez impugnando el Auto de Vista Nº 19/05 de 25 de abril de 2005 cursante de fojas 280 a 282 y vuelta pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Alina Castillo Barrientos, Mario Cutipa Ramírez y Ana María Benavides Cruz por los delitos de falsedad material, ideológica y otros, y
CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casa-ción se debe cumplir con los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 de la Ley Nº 1970, debiendo el recurrente in-terponer el recurso de casación dentro de los cinco días computables a partir de la notificación con el Auto de Vista pertinente, precisar los hechos similares y establecer la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso se concluye que el impetrante ha planteado los recursos que la ley le concede, cumpliendo los plazos señalados en los artículos 408 y 417 del Código de Procedimiento Penal.
Mostrando 9 de 18 parrafos.