Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: 334 Sucre, 1 de junio de 2009
DISTRITO: Potosí
PARTES: Ministerio Público c/ Antonio Arequipa Ibarra y otros
Declara ilegal la Excusa formulada por el Ministro doctor José Luís baptista Morales
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Sucre, 1 de junio de 2009
VISTOS: la excusa formulada por el doctor José Luís Baptista Morales, que consta a folios 676, invocando el hecho de estar comprendido en la causal 1) del artículo 316 del Código de Procedimiento Penal en sentido de pronunciar los Autos Supremos números 259/2009, en el presente proceso penal.
CONSIDERANDO: que la mencionada excusa ha sido formulada en sentido de haber intervenido en el mismo proceso como Juez..., empero debemos comprender que, si bien es cierto este extremo, no es menos cierto que también es como consecuencia de la Resolución de la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca, que CONCEDE la tutela solicitada en Recurso de Amparo Constitucional interpuesta por Nelly Cruz Castro, DEJANDO SIN EFECTO el Auto Supremo 259 de 12 de marzo de 2009 y todos los actuados posteriores; y que las autoridades demandadas emitan un nuevo Auto Supremo sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación, subsanando lo observado, sin esperar turno ni nuevo sorteo.
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