Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0338/2008

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2008Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2008

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 374/04

AUTO SUPREMO Nº 338 - Social Sucre,14 de agosto de 2008.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Rene Pérez Quinteros c/ Mario Espinoza Martínez

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 64-65, interpuesto por Mario Espinoza Martínez, Gerente General y Propietario de la Empresa Constructora Espinoza, contra el Auto de Vista Nº 386 de 6 de julio de 2004, cursante a fs. 61, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro el proceso social que sigue René Pérez Quinteros contra la empresa del recurrente; la respuesta de fs. 67, el auto que concede el recurso de fs. 68, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 40 de 12 de marzo de 2004, cursante a fs. 48-49, declarando probada la demanda de fs. 6, sin costas; por haber probado la relación laboral entre las partes y haber trabajado por dos meses y 16 días con sueldo mensual de Bs. 4.263.-, con contrato verbal indefinido, siendo el motivo de la extinción del vinculo laboral por despido forzoso, disponiendo que la empresa demandada cancele al actor la suma de Bs. 6.100.- (por existir conciliación entre partes) por concepto de salarios devengados; monto al que se aplicaría la actualización y reajuste dispuesto en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992.

En grado de apelación, deducida por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por auto de vista Nº 386 de 6 de julio de 2004, cursante a fs. 61, confirma en todas sus partes la sentencia de fs. 48-49 y ordena el pago, por el empleador Mario Espinoza Martínez, de Bs. 6.100.- a favor de su ex trabajador René Pérez Quinteros, con costas.

Que, contra esta resolución, el representante de la empresa demandada, interpone recurso de nulidad y casación, arguyendo que el auto de vista recurrido, incide en error al repetir que el sueldo promedio del demandante es de Bs. 4.263.-, lo cual es ilógico y cae en favoritismo ultra petita, concediendo al demandante algo que ni siquiera lo ha solicitado y que sus pruebas no han sido valoradas por ambos tribunales; por otra parte denuncia que en la forma el juez debió rechazar la admisión de la demanda, porque se sustenta en un documento de carácter y orden netamente civil y no laboral y que además violenta el principio de lealtad procesal art. 3-f) del C.P.T., por lo que pide que este Tribunal Supremo, enmiende los agravios inferidos y que se reconozca sus derechos que han sido vulnerados.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación se asimila a una nueva demanda de puro derecho, que debe contener los requisitos enumerados en el Art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; fundamentando por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Mostrando 11 de 21 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Rene Pérez Quinteros
Demandado
Mario Espinoza Martínez
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2008AS/0338/2008Fuente oficial