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TSJ

AS/0339/2013

Tribunal Supremo de Justicia
30 de julio de 2013Civil LiquidadoraMag. Elisa Sánchez Mamani
Proceso
Cumplimiento De Obligación
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 339

Sucre: 30 de julio de 2013

Expediente: SC – 70 – 08 – S

Proceso: Cumplimiento De Obligación

Partes: Celso Monteiro y otros c/ José Luis Eguez Justiniano

Distrito: Santa Cruz

Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani

I. VISTOS:

1.- El recurso de casación en el fondo y en la forma, interpuesto por José Luis Eguez Justiniano, de fojas 519 a 522 vuelta, contra el Auto de Vista Nº 98 de 19 de febrero de 2008, de fojas 513 a 514, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, en el proceso ordinario de cumplimiento de obligación, seguido por Celso Monteiro y Francisco Xavier Monteiro, en contra del recurrente, los antecedentes y;

II. CONSIDERANDO:

2.1. Antecedentes del proceso.- Mediante sentencia de fecha 27 de septiembre de 2007, de fojas 404 a 410 de obrados, se declaró probada la demanda de fojas 235 a 244 y dispuso que el vendedor, en el plazo de 15 días, desde la fecha de ejecutoria de la sentencia, extienda la correspondiente minuta de transferencia a favor de los compradores Celso Monteiro y Francisco Xavier Monteiro Scudeller, por la superficie de 1400 hectáreas del predio denominado “Tesoro”, tomando en cuenta el plano de ubicación de fojas 339 de obrados, y que una vez extendida la minuta se proceda a su inscripción en Derechos Reales.

Que, en grado de apelación, interpuesto por José Luis Eguez Justiniano, de fojas 501 a 502 de obrados, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, por Auto de Vista Nº 98 de 19 de febrero de 2008, se confirma la sentencia apelada, con costas.

Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante de fojas 519 a 522 vuelta, José Luis Eguez Justiniano, interpone recurso de casación en el fondo y en la forma, que se compendia a continuación.

III. CONSIDERANDO:

3.1.- Recurso de casación.- En el recurso de casación en el fondo, el recurrente, deduce las siguientes denuncias:

Acusa al Juez a quo y al Tribunal ad quem de haber violado los artículos 452 y 454 del Código Civil, extremos, dice, no aplicados en sentencia y el Auto de Vista.

Acusa de interpretación errónea del artículo 614 del Código Civil, “aplicando indebidamente la ley”.

Acusa la violación del artículo 514 del Código Civil porque el contrato de fecha 30 de junio de 2003 no es un contrato preliminar ni un contrato con reserva de propiedad.

Que la conjunción de posesiones establecidas en el artículo 92, es admitida por el INRA y no considerada en las resoluciones recurridas.

Acusa de valorar erróneamente el artículo 477 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1320 del Código Civil, puesto que lo pactado en el contrato le obliga a proporcionar el plano de ubicación del área vendida y no a realizar otro contrato.

Acusa que “juez ad quem”, en el auto de relación procesal, establece para los demandantes como punto de hecho a probar, el cumplimiento del demandado a sus obligaciones contractuales, emergentes del contrato de fecha 30 de julio de 2003, en contradicción al artículo 401 del Código de Procedimiento Civil, falla para que asuma una obligación no pactada en el contrato.

Acusa que no se considera el plano del área transferida presentado por su persona y que el artículo 105 del Código Civil, establece que solo el propietario tiene la facultad de disposición de su propiedad y que el artículo 454 del mismo cuerpo legal establece la libertad contractual.

Que, en el recurso extraordinario de casación en la forma, se formulan las siguientes denuncias:

Acusa que la sentencia y auto de vista otorga más de lo pedido por las partes y sin pronunciarse sobre las pretensiones planteadas y reclamadas oportunamente.

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Datos del proceso

Demandante
Celso Monteiro y otros
Demandado
José Luis Eguez Justiniano
Proceso
Cumplimiento De Obligación
Magistrado relator
Elisa Sánchez Mamani
Tribunal Supremo de Justicia30 de julio de 2013AS/0339/2013Fuente oficial