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TSJ

AS/0341/2012

Tribunal Supremo de Justicia
27 de noviembre de 2012Civil LiquidadoraMag. Javier Medardo Serrano Llanos
Proceso
Usucapión.
Sala
Civil Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 341

Sucre: 27 de noviembre de 2012

Expediente: CH-61-10-S

Proceso: Usucapión.

Partes:Hilda Saavedra Serrano c/Fausto Mariscal Calderón y Delia Filipps Zárate.

Distrito: Chuquisaca

Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos

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VISTOS: el recurso de casación de fojas 274 a 275, interpuesto por Juan Pablo Cruz en representación de Hilda Saavedra Serrano contra el Auto de Vista Nº 315 de 15 de octubre de 2010, pronunciado por la entonces Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro el proceso de ordinario de Usucapión, seguido por la recurrente contra Fausto Mariscal Calderón y Delia Filipps Zárate, la respuesta de fojas 289 a 290, el Auto de concesión de fojas 291, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO: que, el Juez Cuarto de Partido de la ciudad de Sucre, pronunció la Sentencia Nº 172 de 28 de mayo de 2010 (fojas 239 a 241 vuelta), en el que declaró improbada la demanda principal, probada en parte la reconvención, disponiéndose que la actora desocupe el terreno de 196,45 mt2. Ubicado en zona las delicias de la ciudad de Sucre y retire las construcciones ahí efectuadas en el plazo de 30 días de ejecutoriada la sentencia, sin costas.

Deducida la apelación por el demandante, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca mediante Auto de Vista Nº 315 de 15 de octubre de 2010 (fojas 269 a 270 vuelta), confirmó la Sentencia de 28 de mayo de 2010. Con costas en ambas instancias

CONSIDERANDO: que, la actora a través de su apoderado interpuso recurso de casación el 26 de octubre de 2010 de fojas 274 a 275, amparada en los artículos 250 y 257 del Código de Procedimiento Civil y señala que recurre de casación sobre la Sentencia Nº 172/2010, dictada por el Juez de primera instancia en fecha 28 de mayo de 2010, por lo que acusa que el juez de la causa en absoluto valoró el proceso interdicto, en el que los esposos Mariscal Filipps no lograron demostrar posesión alguna y que mal pueden pedir en su demanda reconvencional desocupación del inmueble; peor aún, que el juez en la parte resolutiva de la Sentencia dispone que se retiren las construcciones, haciendo incapié que hubo oposición mediante el proceso interdicto y que es viable el retiro, citando el artículo 129 del Código Civil. Arguye también que los demandados jamás estuvieron en posesión del terreno y denuncia la mala interpretación y el error en que incurrió el juzgador al no haber valorado el proceso interdicto como una causa importante para poder demostrar la posesión que tenían los demandados, que el juez no valoró el proceso interdicto en el que se demostró que los demandados nunca estuvieron en posesión, que este proceso constituía una prueba plena para dictar Sentencia pero el juzgador lo tomó como una causa de oposición para que sea procedente el retiro de las construcciones. Y concluye solicitando que se CASE la Sentencia de primera instancia dictada por el A quo y en consecuencia se dicte una nueva Sentencia.

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Datos del proceso

Demandante
Hilda Saavedra Serrano
Demandado
Fausto Mariscal Calderón y Delia Filipps Zárate.
Proceso
Usucapión.
Magistrado relator
Javier Medardo Serrano Llanos
Tribunal Supremo de Justicia27 de noviembre de 2012AS/0341/2012Fuente oficial