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TSJReiteradora

AS/0342/2021

Tribunal Supremo de Justicia
9 de junio de 2021Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Beneficios sociales / Desahucio / Procede

El recurrente denuncia errónea interpretación e indebida aplicación de la norma que regula el desahucio, por cuanto el art. 12 de la LGT, fue declarado inconstitucional por la SCP 0009/2017 de 24 de marzo, por lo tanto no existe una base de cálculo para este beneficio, si bien el desahucio esta menc...

Proceso
proceso de pago de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 342/2021

Sucre, 09 de junio de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 239/2021

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.

VISTOS:

El recurso de casación de fs. 122 a 126 vta. interpuesto por Claudia Hinojosa de Taborga en representación legal de la Joyería y Diseño Rafaella Pitti S.R.L. contra el Auto de Vista 235/2020 SSA- I de 9 de septiembre de fs. 119 a 120 vta., pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de pago de beneficios sociales seguido por Carola Katherine Lafuente Gonzales contra la empresa recurrente, memorial de contestación de fs. 130 a 131., el Auto 80/2021 de 9 de marzo que concede el recurso a fs. 131 vta., el Auto Supremo 239/2021-A de 14 de abril que admitió el recurso cursante a fs. 176 y vta., los antecedentes del proceso y,

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

I.1.- Sentencia

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Quinto de la Capital del departamento de La Paz, emitió la Sentencia 024/“2018” de 8 de febrero de 2019 de fs. 97 a 100, declarando Probada en parte la demanda de beneficios sociales de fs. 9 a 10, subsanada a fs. 13, debiendo la parte demandada Joyería y Diseño Rafaella Pitti S.R.L. por medio de su representante legal cancelar en favor de la demandante los siguientes montos y conceptos:

Tiempo de Servicios: 1 año, 9 meses y 15 días

Sueldo Promedio: Bs5 000.-

Indemnización: Bs.8.958, 33.-

Desahucio: Bs15 000.-

Aguinaldo: Bs1 541,66.-

Vacación (9 meses): Bs1 874,99.-

Sueldos devengados: Bs7 500.-

Segundo aguinaldo: Bs2 416,66.-

Total: Bs37 291,64.-

Menos lo cancelado: Bs18 000.-

Multa del 30% DS 28699: Bs5 787,49.-

Total a cancelar: Bs25 079,13.-

I.2.- Auto de Vista

Deducido recurso de apelación, la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 235/2020 SSA- I de 9 de septiembre, de fs. 119 a 120 vta., Confirmó en parte la Sentencia 024/2018, debiendo suprimirse únicamente el concepto de Segundo Aguinaldo (duodécimas 2015), estableciendo la siguiente liquidación:

Tiempo de Servicios: 1 año, 9 meses y 15 días

Sueldo Promedio: Bs5 000.-

Indemnización: Bs.8.958, 33.-

Desahucio: Bs15 000.-

Aguinaldo: Bs1 541,66.-

Vacación (9 meses): Bs1 874,99.-

Sueldos devengados: Bs7 500.-

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Máxima

PAGO DE DESAHUCIO/ Corresponde el pago de desahucio a la trabajadora o al trabajador que sea retirado intempestivamente; ante esta argumentación fáctica, lo que corresponde a la parte demandada es desvirtuar con prueba objetiva que ello no es evidente, es decir que no fue despedido en forma intempestiva.

Datos del proceso

Demandante
Carola Katherine Lafuente Gonzales
Demandado
Claudia Hinojosa de Taborga en representación legal de la Joyería y Diseño Rafaella Pitti S.R.L.
Proceso
proceso de pago de beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Artículos 13 y 16 de la Ley General del Trabajo

Tribunal Supremo de Justicia9 de junio de 2021AS/0342/2021Fuente oficial