Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 343 Sucre 7 de junio de 2004
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Dorys Sánchez León, tráfico de
sustancias controladas
VISTOS: El recurso de casación de fs. 58-60 interpuesto por Dorys Sánchez León, impugnando el Auto de Vista de fs. 55-56 vlta. de fecha 2 de febrero de 2004, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recuso de casación que el mismo además de cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observe todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 de la Ley Nº 1970 de 25 de marzo de 1999.
Que el art. 416 del ya mencionado Código, establece que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de las Cortes Superiores o la Corte Suprema, debiendo en el recurso de casación puntualizar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto impugnado y el precedente invocado conforme al segundo parágrafo del art. 417 del Código de Procedimiento Penal.
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