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TSJ

AS/0344/2006

Tribunal Supremo de Justicia
31 de agosto de 2006Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2006

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 344-I Sucre 31 de agosto de 2006

DISTRITO: Chuquisaca

PARTES : Marit Andersen por Emilio Yury Gonzáles Morales c/

Verónica Cristina Cerezo Guzmán. Hurto agravado.

VISTOS: el recurso de casación de fojas 207 a 208, interpuesto por Norma Berrios Méndez, en representación de Verónica Cristina Cerezo Guzmán, impugnando el Auto de Vista Nº 138/06 de 20 de junio de 2006 de fojas 200 a 204, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso penal, seguido por Marit Andersen, apoderada legal de Emilio Yury Gonzáles Morales, contra Verónica Cristina Cerezo Guzmán, por el delito de hurto agravado, previsto en el Art. 326 del Código Penal; y,

CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales exigidos por los Arts. 416 y 417 de la Ley Nº 1970, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas sustantivas y adjetivas, aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.

CONSIDERANDO: que, conforme determina el Art. 106 del Código de Procedimiento Penal, en delitos de acción privada, la imputada puede ser representada por un defensor con poder especial, como ocurrió en el caso de autos, donde la abogada Dra. Norma Berrios Méndez se apersonó en representación de la acusada Verónica Cristina Cerezo Guzmán, ante el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia Nº 2 de la ciudad de Sucre, luego de la conversión de acciones ante el Fiscal del Distrito, tramitado el juicio oral, se emitió la sentencia, la que fue recurrida de apelación ante la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca, todo en base al poder de fojas 94, que fue otorgado específicamente para que se apersone ante el mencionado juzgado y asuma defensa material y técnica ante dicho juzgado, formule incidentes, excepciones, etc.

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Datos del proceso

Demandante
Marit Andersen por Emilio Yury Gonzáles Morales
Tribunal Supremo de Justicia31 de agosto de 2006AS/0344/2006Fuente oficial