Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0344/2006

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2006Penal IIMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Penal II
Año
2006

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No. 344 Sucre 28 de agosto de 2006

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Nicolás Centenaro Cardozo c/ Roque Rivero Costas

falsedad material y otro

MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García

**********************************************************************************

VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Roque Rivero Costas, cursante de fojas 162 a 164 impugnado el Auto de Vista de fecha 17 de noviembre de 2003 dictado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Santa Cruz, cursante de fojas 158 a 159 y vuelta, dentro del proceso penal seguido a querella de Nicolás Centenaro Cardozo contra el recurrente por los delitos de falsedad material e ideológica (artículos 198 y 199 del Código Penal), sus antecedentes, las leyes invocadas como infringidas, y;

CONSIDERANDO: que la sentencia pronunciada, por la Juez de Partido de Sentencia de la provincia Germán Busch del Departamento de Santa -Cruz, (fojas 147 a 148) declara al recurrente autor del delito de falsificación de documento privado previsto y sancionado por el artículo 200 del Código Penal, condenándolo a la pena de reclusión de dos años a cumplirse en el recinto penal de Palmasola de la ciudad de Santa Cruz.

Que el recurrente apela de esta resolución, la misma que es resuelta por Auto de Vista de fecha 17 de noviembre de 2003, dictado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Santa Cruz, cursante de fojas 158 a 159 y vuelta, CONFIRMANDO en toda sus partes, la resolución del Tribunal inferior y, complementando el fallo, absuelve al encausado por la comisión del delito de falsedad material previsto por el artículo 198 del Código Penal.

CONSIDERANDO: que el imputado recurre de nulidad y casación contra el Auto de Vista con el siguiente fundamento:

1.- Que, si bien el informe pericial puede corroborar la denuncia en lo referente a la falsedad, aquel no explica que fue su persona la que cometió el delito de falsedad en documento privado.

Mostrando 12 de 24 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Nicolás Centenaro Cardozo
Demandado
Roque Rivero Costas
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia28 de agosto de 2006AS/0344/2006Fuente oficial