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TSJReiteradora

AS/0346/2021

Tribunal Supremo de Justicia
23 de junio de 2021Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Terminación de la relación laboral / Despido / Injustificado

La sociedad recurrente acusa errónea valoración de la prueba de hecho que, demuestra la existencia de una causal justificada de despido y por tanto la inviabilidad de la otorgación de desahucio e indemnización en favor del demandante vulneración la previsión del inc. e) del art. 16 de la Ley General...

Proceso
Reliquidación de beneficios sociales
Sala
Social 1era
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 346

Sucre, 23 de junio de 2021

Expediente : 160/2021-S

Demandante : Néstor Narciso Casas Mamani

Demandado : Sociedad “TMF BOLIVIA SRL”

Materia : Reliquidación de beneficios sociales

Distrito : La Paz

Magistrado Relator : Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación de fs. 664 a 666 vta., interpuesto por Luis María González Mamani en representación legal de la Sociedad “TMF BOLIVIA SRL” contra el Auto de Vista 346/2020 de 17 de noviembre de fs. 658 a 662 vta., emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de reliquidación de pago de beneficios sociales seguido por Néstor Narciso Casas Mamani contra la Sociedad recurrente, la contestación de fs. 669 a 676, el Auto 44/2021 de 10 de febrero que concedió el recurso a fs. 676 vta., el Auto de 31 de marzo de 2021 que lo admitió, a fs. 716 y vta., los antecedentes del proceso y todo lo que fue pertinente analizar;

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Sentencia.

Tramitada la demanda de reliquidación de pago de beneficios sociales y cumpliendo la nulidad dispuesta por Auto de Vista 151/2018 de 26 de noviembre de fs. 546 a 547 emitido por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, la Juez de Trabajo y Seguridad Social Cuarto del departamento de La Paz, emitió la Sentencia 049/2019 de 30 de abril de fs. 561 a 583, que declaró Improbada la Excepción Perentoria de Prescripción interpuesta; Probada en parte la Excepción Perentoria de pago y Probada en parte la demanda de reliquidación de beneficios sociales, ordenando que la Sociedad “TMF BOLIVIA SRL”, cancele en favor del actor la suma de Bs802 984,85.- bajo el siguiente detalle:

Tiempo de servicios: 12 años, 7 meses y 15 días

Sueldo promedio indemnizable: Bs17 175,77.-

Desahucio: Bs51 527,31.-

Indemnización: Bs216 834,28.-

Sueldos devengados: Bs6 297,78.-

Horas extras: Bs733 271,65.-

Sub total 1: Bs812 931,02.-

Pago parcial: Bs181 404,21.-

Sub total 2: Bs613 526,81.-

Multa del 30%: Bs189 458,04.-

Total: Bs802 984,85.-

Auto de Vista.

Deducido recurso de apelación por la demandante, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 346/2020 de 17 de noviembre de fs. 658 a 662 vta., Revocó en parte la Sentencia 049/2019 de 30 de abril; manteniendo firme y subsistente el fallo impugnado con referencia a que declaró Probadas en parte la demanda, así como las excepciones de Perentorias de pago y prescripción, bajo el siguiente detalle:

Fecha de ingreso: 26 de marzo de 2004

Fecha de retiro: 11 de noviembre de 2016

Habiéndose cancelado los quinquenios, solo se toma en cuenta el siguiente periodo para el pago de beneficios sociales.

Tiempo de servicios: 1 año, 2 meses y 13 días

Sueldo promedio indemnizable: Bs17 175,77.-

Indemnización: Bs20 658,62.-

Desahucio: Bs51 527,31.-

Multa del 30%: Bs21 655,77.-

Total: Bs93 841,70.-

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Máxima

DESPIDO JUSTIFICADO/Si bien, el contrato de trabajo se funda en el respeto al derecho de trabajo y estabilidad laboral, empero en los casos en que el trabajador incurra en alguna causal de desvinculación justificada, hechos identificados en flagrancia y que provoca daño económico al patrimonio de la empresa, son considerados como faltas graves que merecen la sanción de destitución, indistintamente de que la empresa pueda proceder o no a la instauración de un proceso administrativo interno por incumplimiento de las obligaciones laborales.

Datos del proceso

Demandante
Néstor Narciso Casas Mamani
Demandado
Sociedad “TMF BOLIVIA SRL”
Proceso
Reliquidación de beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Artículo 115.II y 116.I de la Constitución Política del Estado

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