Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 347/2019
Sucre, 11de julio de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 105/2018
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, cursante de fs. 96 a 97, interpuesto por Angela Ximena Rodríguez de López, en representación de “LIBRERIAS LA JUVENTUD”, contra el Auto de Vista Nº 119/2017 de 15 de noviembre, cursante de fs. 91 a 92, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social seguido por Cyntia Ivone Sanabria Berazaín, contra la entidad en cuya representación se recurre, el Auto de 26 de febrero de 2018 que concedió el recurso, cursante a fs. 101, el Auto de Admisión Nº 135/2018-A de 4 de abril, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del Proceso.
1. Sentencia.
Admitida la demanda y corridos los trámites del proceso, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 5/2015 de 21 de enero, cursante de fs. 55 a 58 vta., declarando probada la demanda, condenando el pago de la suma de Bs. 86.876,00.
Indemnización
Bs. 78.173,37
Vacaciones gestión 2010-2011 30 días
Gestión 2011-2012 30 días
Gestión 2012-2013 18, 75 días
Bs. 11.641,00
Aguinaldo Gestión 2013, 7 meses
Bs. 5.173,78
Sub total de beneficios sociales
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