Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 352-1
Sucre, 24 de octubre de 2016
Expediente : 413/2016
Demandante : Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Demandado : Vocales de la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
Distrito : Santa Cruz
VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por el SERVICIO NACIONAL DE REPARTO (SENASIR) representado legalmente por Juan Edwin Mercado Claros, cursante de fs. 21 a 20 del testimonio, los antecedentes adjuntos, y:
CONSIDERANDO I:
Al haber sido notificado con el Auto de 16 de agosto de 2016 (fs. 17 del testimonio), emitido por la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; en el cual, se declara ejecutoriado del Auto de Vista Nº 62 de 15 de junio de 2016; toda vez de que el recurso de casación interpuesto por SENASIR contra la referida Resolución de Vista, se encontraría fuera del plazo previsto por Ley; formalizó recurso de compulsa contra el Auto de 16 de agosto de 2016, ya referido, indicando en resumen que se debió computar el plazo de 10 días conforme lo establecen los parágrafos I y II del artículo 90 de la Ley 439 consecuentemente al haberse presentado el recurso de casación dentro de plazo corresponde conceder el recurso de compulsa: indica que el Auto de 16 de agosto de 2016, incumple la normativa, y sin justificación se desestimó el recurso de casación por que se encontraría fuera de plazo.
CONSIDERANDO II: De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se evidencia lo siguiente:
1. Dentro del proceso social sobre compensación de cotizaciones seguido por Néstor Alcalá Salvatierra contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR, la Sala Social, Contencioso Tributario y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 62 de 15 de junio de 2016, que revocó las Resoluciones Nos. 8080 de 18 de noviembre de 2014 pronunciada por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto y la Resolución 547/15 de 23 de julio de 2015 pronunciada por la Comisión de Reclamación y reconoce a Néstor Alcalá Salvatierra, una densidad de aportes de 9 años y dos meses y un salario cotizable correspondiente al mes de enero de 1995, en la suma de Bs.550.06.
Mostrando 13 de 25 parrafos.