Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 353
Sucre, 25 de julio de 2018
Expediente : 001/2018
Demandante : Eduardo Quispe Ticona
Demandado : Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Materia : Reclamación
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 130 a 131, interpuesto por Eduardo Quispe Ticona, contra el Auto de Vista Nº 164/17 de 7 de julio, cursante a fs. 128, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de reclamación seguido por el recurrente contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado por Juan Edwin Mercado Claros en su condición de Director General Ejecutivo a.i.; la respuesta de fs. 135 a 137; el auto de fs. 138 que concedió el recurso; el Auto de 14 de febrero de 2018 que Admite el recurso; los antecedentes del proceso, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas
Que, iniciado el trámite de compensación de cotizaciones por parte del asegurado Eduardo Quispe Ticona, la Comisión de Calificación del SENASIR emitió la Resolución Nº 0003655 de 20 de abril de 2012, por la que resolvió desestimar la citada solicitud de compensación.
Resolución Comisión de Reclamación
Ante el recurso de reclamación por parte de Eduardo Quispe Ticona (fs. 100), la Comisión de Reclamación del SENASIR, mediante Resolución Nº 624/15 de 13 de agosto, cursante de fs. 105 a 107, resolvió confirmar la citada Resolución Nº 0003665 de 20 de abril de 2012, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa en vigencia.
Auto de Vista
En grado de apelación deducido por Eduardo Quispe Ticona (fs. 112), la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 164/17 de 7 de julio, confirmó la Resolución Administrativa Nº 624/15 de 13 de agosto, dictada por la Comisión de Reclamación del SENASIR.
II. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACION:
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 130 a 131, interpuesto por Eduardo Quispe Ticona, con los fundamentos siguientes:
a. Señala que fue trabajador y asegurado de la Cooperativa Minera 16 de octubre y que conforme a la modalidad de las retenciones de la comercialización de minerales, no existen aportes individuales.
b. La modalidad de aportes tiene sustento en el DL Nº 10173 y la misma persistió a través del DS Nº 22568.
c. Señala que la RM Nº 436 de 12 de julio de 2002 en su art. 5.2) determina que, para la certificación de aportes en la Compensación de Cotizaciones por procedimiento manual, se utilizan los mismos procedimientos del Sistema de Reparto.
d. Cita inextenso el art. 14 del DS Nº 27543.
e. Transcribe parte de la SCP Nº 0640/2015, referido a la obligación del SENASIR de para efectos como el presente, de considerar finiquitos, certificados de trabajo, boletas de pago, planillas de haberes, partes de afiliación y otros.
Petitorio
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, revoque el Auto de Vista y se ordene al SENASIR se le extienda la certificación de Compensación de Cotizaciones.
Admisión
Mediante Auto Supremo de 14 de febrero de 2018, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia resolvió admitir el recurso de casación en el fondo de fs. 130 a 131, interpuesto por Eduardo Quispe Ticona, contra el Auto de Vista Nº 164/17 de 7 de julio.
II.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
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