Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 355 Sucre 3 de septiembre de 2005
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Máxima Torrez Cuellar
Revisión Extraordinaria de Sentencia *********************************************************************************
VISTOS: el recurso de revisión de sentencias de fojas 356 a 362, interpuesto por Máxima Torrez Cuellar contra la sentencia de fojas 318 a 321 dictada por el Tribunal de Sentencia Segundo y el Auto de Vista de fojas 327 a 330 dictado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro el proceso Penal seguido por el representante del Ministerio Público contra la recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por el artículo 48 de la Ley 1008.
CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de revisión de sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada, debe acreditarse la prueba pertinente que sostenga en términos precisos el fundamento, para cada caso, previsto por el articulo 421 del CPP . El recurso de revisión que no cumpla los requisitos mencionados será declarado inadmisible por incumplimiento del mandato del artículo 423 del código adjetivo indicado.
CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 318 a 321 declaró a Máxima Torrez Cuellar autora del delito de tráfico de sustancias controladas incurso en el artículo 48 de la Ley 1008, condenándola a la pena de quince años de presidio en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz denominado Palmasola de esa ciudad, con costas a calificarse en ejecución de sentencia y al pago de diez mil días multa a razón de 1 boliviano por día; asimismo, dispuso la confiscación del inmueble urbano ubicado en la U.V. 19 Manzana N° 32, calle 10, casa N°2515, entre las calles, Cuiaba y Petas de esa ciudad; el vehículo marca Mitsubishi, color blanco, con placa N° CUN-592; el vehículo clase vagoneta, marca Toyota, tipo RAV4, color azul, modelo 2001, con placa N°1294-FZH; y el vehículo marca Toyota tipo automóvil, color blanco con franjas verdes, con placa N° 517-GKS.
Que la indicada sentencia fue objeto del recurso de apelación restringida que fue resuelta por Auto de Vista de fojas 327 a 330 dictado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declarando dicho recurso admisible y procedente; por lo que la imputada Máxima Torrez Cuellar fue declarada culpable de la comisión del delito de tentativa de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por los artículos 8° del Código Penal con relación al 48 de la Ley 1008, condenándola a la pena de diez años de presidio en el Centro de Rehabilitación de Palmasola (fue reducida la pena), mas el pago de costas que se califican en la suma de Bs.1.200.- y una multa de 200 días a razón de Bs. 2.- por cada día.
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