Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 355-I
Sucre, 26 de octubre de 2016
Expediente : 402/2016-S
Demandante : Editha Negrete Vaca
Demandado : Empresa Buganvillas Hotel Condominio
Proceso : Beneficios Sociales
Departamento : Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en el fondo (fs.151 a 152), interpuesto por la Empresa Buganvillas Hotel Condominio, impugnando el Auto de Vista N° 57/2016 de 12 de mayo (fs. 148 a 149), pronunciado por la Sala Social, Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso por Beneficios Sociales seguido por Editha Negrete Vaca contra la Empresa recurrente, la respuesta de fs. 155 a 156, el Auto de fs. 156 que concede el mismo; y:
CONSIDERANDO I:
(Antecedentes del Proceso)
Que, conforme a Sentencia N° 206 de 10 de junio de 2015 (fs. 129 a 131) el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, falló declarando probada en parte la demanda de pago de beneficios sociales con costas, consecuentemente ordenó a la Empresa Buganvillas Hotel; pague a favor de la demandante Editha Negrete Vaca los derechos sociales que comprenden: indemnización, sueldo devengado, aguinaldo doble, subsidio de lactancia (por 5 meses, menos dos que ya se pagó), mas multa del 30% lo que hace un total de Bs. 7.474,80.
Contra la mencionada resolución, Hotel Buganvillas, representada legalmente por Viviana Ormachea de Baldivieso interpuso recurso de apelación con memorial de fs. 135 a 137, resuelto por la Sala Social, Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz con Auto de Vista N° 57/2016 (fs. 148 a 149) por el que confirmó en todas sus partes la sentencia recurrida, formulándose por la empresa demandada el recurso de casación de fs. 151 a 152.
CONSIDERANDO II:
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