Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 357 Sucre, 16 septiembre de 2005
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público c/ Juan Villavicencio Chura y otro
Trafico de Sustancias Controladas
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 330 a 333, interpuesto por Juan Villavicencio Chura, impugnando el Auto de Vista Nº 36/2005 de 3 de febrero de 2005 de fojas 318 a 320, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en el Art. 48 con relación al Art. 33 inc. m) de la Ley 1008, y,
CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 de la Ley 1970, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas sustantivas y adjetivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente contradictorio invocado.
CONSIDERANDO: que, Juan Villavicencio Chura en su recurso de casación de fojas 330 a 333, impugna el Auto de Vista de fojas 318 a 320, que declara improcedente las cuestiones planteadas en las apelaciones restringidas deducidas por los imputados Carlos Martín Mamani Cruz y Juan Villavicencio Chura de fojas 289 a 290 y 297 a 301; arguyendo que:
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