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AS/0358/2019

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2019Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Procesos / Coactivo social / Recursos / Casación / Improcedente/Infundado / Por preclusión

El recurrente afirma que el auto de vista recurrido, fue emitido sin revisar la sentencia, la cual fue apelada, por haberle causado indefensión, al haber concluido en la forma prevista en la parte resolutiva de la misma, en total contravención a lo previsto en el art. 48.IV de la CPE, que señala que...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2019

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 358/2019

Sucre, 14 de agosto de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 250/2018

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de nulidad y/o casación de fs. 142 a 143, interpuesto por Yolanda Luisa Colque Lizarro, contra el Auto de Vista Nº 29 de 18 de abril de 2018, cursante de fs. 136 a 137, pronunciado por la Sala Social Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral seguido por la recurrente, contra Manuel Jesús Saucedo Leigue, la respuesta de fs. 149 a 150, el Auto de fs. 151 que concedió el recurso, el Auto Nº 271/2018-A de 22 de junio de fs. 160 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia de 21 de agosto de 2017, de fs. 106 a 111, declarando probada en parte la demanda, sin costas, improbada la excepción de pago y probada la excepción de prescripción, disponiendo que la parte demandada, pague a favor de la actora, la suma de Bs. 14.412,65 por concepto de indemnización, aguinaldo, aumento salarial, bono de antigüedad, sueldo devengado, multa del 30%, más la actualización y reajustes dispuestos en el art. 9 del DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la parte demandante, cursante de fs. 113 a 116 vta., la Sala Social Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 29 de 18 de abril de 2018, cursante de fs. 136 a 137, confirmó la sentencia apelada, sin costas.

I.2 Motivos del recurso de casación

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Máxima

PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN/ En el proceso se constituyen diferentes etapas desarrolladas de forma sucesiva, que se van clausurando de forma periódica y definitiva, impidiéndose el regreso a momentos procesales ya consumados por la inactividad de las partes al no hacer uso de los actos jurídicos que la ley franquea para fundar una pretensión; extinguiéndose en consecuencia la etapa procesal respectiva.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículos 3. e) y 57 del Código Procesal del Trabajo.

Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2019AS/0358/2019Fuente oficial