Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 360/2021-RA.
Fecha: 29 de abril de 2021
Expediente: LP-67-21-S.
Partes: Mónica Laime Calle c/ Ángel Reynaldo Quispe Ventura y Elsa Eusebia
Campos Catari.
Proceso: Resolución de contrato, entrega de bien inmueble más pago de daños
y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 101 a 105 vta., interpuesto por Mónica Laime Calle, contra el Auto de Vista Nº 31/2021 de 28 de enero, cursante de fs. 96 a 97 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario de resolución de contrato, entrega de bien inmueble más pago de daños y perjuicios seguido por la recurrente contra Ángel Reynaldo Quispe Ventura y Elsa Eusebia Campos Catari; el Auto de concesión de 29 de marzo de 2021, cursante a fs. 109; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 21 a 26, subsanada de fs. 31 a 36 y de 39 a 40 vta., Mónica Laime Calle inició proceso ordinario de resolución de contrato, entrega de bien inmueble más pago de daños y perjuicios contra Ángel Reynaldo Quispe Ventura y Elsa Eusebia Campos Catari, quienes una vez citados se apersonaron por memorial de fs. 52 a 53 vta. contestaron negativamente y opusieron excepciones, Desarrollándose de esa manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 487/2020 de 26 de octubre; cursante de fs. 70 a 72 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial 9º de la ciudad de El Alto- La Paz, declaró PROBADA la demanda principal, en consecuencia resolvió el contrato de transferencia de 23 de abril de 2010.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Ángel Reynaldo Quispe Ventura y Elsa Eusebia Campos Catari, según escrito de fs. 77 a 83 vta., mereció que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emita el Auto de Vista Nº 31/2021 de 28 de enero, cursante de fs. 96 a 97 vta., ANULANDO obrados hasta fs. 68 inclusive, debiendo el juez emitir nueva sentencia con la fundamentación observada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Mónica Laime Calle, según memorial de fs. 101 a 105 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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