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TSJ

AS/0361/2009

Tribunal Supremo de Justicia
20 de julio de 2009Penal IMag. Ivan Manolo Lima Magne
Proceso
Sala
Penal I
Año
2009

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 361 Sucre, 20 de julio de 2009

DISTRITO: Cochabamba

PARTES:Ministerio Público, Jimmy Rolo y Sulma Rosario Montaño Vargas c/ Walter Montaño Mejía

Asesinato (Se rechaza la excusa formulado por el Presidente de la Sala Penal Segunda)

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Sucre, 20 de julio de 2009

VISTOS: La excusa formulada por el Presidente de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, Dr. José Luís Baptista Morales, de 18 de mayo de 2009 (fs. 490), dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público, Jimmy Rolo y Sulma Rosario Montaño Vargas contra Walter Montaño Mejía por el delito de asesinato, los antecedentes de la materia; y,

CONSIDERANDO: Que, por Auto Supremo Nº 41 de 18 de febrero de 2009 (fs. 427 y vlta.), la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, conformada por su Presidente Dr. José Luís Baptista Morales y en ese tiempo por el Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por Walter Montaño Mejía de 13 de mayo de 2008 (fs. 395 a 400).

Que, por Auto Supremo Nº 90 de 2 de marzo de 2009 (fs. 431 y vlta.), la misma Sala, declaró no ha lugar la solicitud de explicación, complementación y enmienda presentada por Walter Montaño Mejía de 19 de febrero de 2009 (fs. 429 y vlta.).

Que, como se señala al inicio, el 18 de mayo de 2009 (fs. 490), el Ministro Dr. José Luís Baptista Morales formuló excusa al amparo del art. 316 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal, indicando que intervino anteriormente en la resolución del recurso de casación interpuesto por Walter Montaño Mejía, aspecto que acredita mediante los Autos Supremos Nº 41 y Nº 90 de 18 de febrero y 2 de marzo de 2009.

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Criterio

de la revisión de antecedentes, se advierte que el presente proceso penal y con el correspondiente Auto Supremo que resolvió el recurso de casación interpuesto por el procesado Walter Montaño Mejía (fs. 395 a 400), fue devuelto a la Corte Superior de origen mediante oficio SPS-SC Nº 31/2009 de 5 de marzo (fs. 439), sin embargo por oficio CSJ-SP II Nº 9/2009 de 21 de abril (fs. 474), dirigida a Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, el Presidente de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, Dr. José Luís Baptista Morales, dispuso la remisión a ese Tribunal Supremo del expediente del proceso referido, en cumplimiento del Auto Constitucional Nº 144/2009 emitido por la Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca. De donde se tiene, que al presente, el Presidente de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, Dr. José Luís Baptista Morales, viene conociendo el proceso penal seguido por el Ministerio Público, Jimmy Rolo y Sulma Rosario Montaño Vargas contra Walter Montaño Mejía por el delito de asesinato, en cumplimiento del Auto Constitucional Nº 144/2009 emitido por la Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca (fs. 474), que dejó sin efecto el Auto Supremo Nº 41 (fs. 479), infiriéndose además, que el Ministro Dr. José Luís Baptista Morales no intervino en otra sede que no sea la de resolver el recurso de casación interpuesto por el procesado Walter Montaño Mejía dentro la presente causa, por tanto, no es razón suficiente para apártese del conocimiento del referido proceso y por la causal invocada, el hecho de haber suscrito los Autos Supremos Nº 41 y Nº 90 de 18 de febrero y 2 de marzo de 2009.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público, Jimmy Rolo y Sulma Rosario Montaño Vargas
Demandado
Walter Montaño Mejía
Magistrado relator
Ivan Manolo Lima Magne

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Elementos comunes de procedimiento
Tribunal Supremo de Justicia20 de julio de 2009AS/0361/2009Fuente oficial