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TSJ

AS/0362/2012

Tribunal Supremo de Justicia
18 de octubre de 2012Penal LiquidadoraMag. Willam Eduardo Alave Laura
Proceso
Abuso Deshonesto
Sala
Penal Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº: 362/2012 Fecha: Sucre, 18 de octubre de 2012

Distrito: La Paz

Expediente: 129/11

Partes: Ministerio Público y Defensoría de la Niñez y Adolescenciac/ Sergio Ortega Ortega

Delito: Abuso Deshonesto

Recurso: Casación

VISTOS: (Del recurso en cuestión)

El Recurso de Casación planteado por Sergio Ortega Ortegade fs. 333 y 334, impugnando el Auto de Vista N° 43 de 20 de junio de 2011, cursante de fs. 325y326 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el ahora recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal, los antecedentes, y;

CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)

Que, en mérito a la Acusación Fiscal presentada por el Ministerio Público de fs. 18 a 20 y la Acusación Particular de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de fs. 26 y vta. contra Sergio Ortega Ortega, por la comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal, el Tribunal de Sentencia Tercero del Distrito Judicial de La Paz, mediante Sentencia N° 22 de 7 de diciembre de 2010 (fs. 294 a 299), declaró a Sergio Ortega Ortega, autor de la comisión del delito de Abuso Deshonesto, por existir prueba suficiente que generó en el Tribunal la suficiente convicción sobre la responsabilidad penal del imputado condenándolo a sufrir la pena privativa de libertad de cinco años de reclusión a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, más el pago de 500 días multa a razón de Bs.1.- por día multa.

Que, ante esta Sentencia,Sergio Ortega Ortegainterpuso Recurso de Apelación Restringida de fs. 314 a 315 vta., mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, en fecha 20 de junio de 2011, mediante Resolución N° 43/2011, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz, dictó Auto de Vista declarando Improcedente el Recurso de Apelación Restringida planteado.

Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Sergio Ortega Ortega, mediante memorial presentado el2 de agosto de 2011, plantea Recurso de Casación contra el Auto de Vista ya señalado, de acuerdo a los siguientes argumentos.

CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)

Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los siguientes:

I.- Que, en la Apelación Restringida planteada solicitó la anulación del proceso hasta la declaración de su persona con el fundamento de que en la etapa preliminar del proceso no se resguardó su derecho Constitucional de ser informado por qué hecho se le estaba investigando o procesando.

II.- Que, la Sentencia condenatoria se basó en defectuosa valoración de la prueba, pues se le condenó con informes psicológicos, médicos y sociales que no demuestran su participación en el ilícito penal siendo que ellos no fueron testigos presenciales del supuesto hecho de Abuso Deshonesto.

III.- Su persona denunció la ruptura del principio de continuidad por las diferentes suspensiones que existió en el juicio oral, refiriendo que la normativa penal no señala que el juicio pueda suspenderse varias veces. (No señala si las causas de suspensión fueron dispuestas fuera de las previsiones del art. 335 Código de Procedimiento Penal).

Del Precedente Contradictorio Invocado: Respecto de los precedentes contradictorios no se invoca ninguno simplemente en el otrosí del recurso señala "Adjunto Autos Supremos correspondientes".

De la solicitud: Por los fundamentos desarrollados solicita se declare procedente el Recurso afirmando que existe contradicción con los Autos Supremos que adjunta.

CONSIDERANDO III: (Procedibilidad ante un Recurso de Casación)

La Casación es definida como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad; por un lado, fijar la jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando con ello, la interpretación que debe darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la tramitación o resolución de los juicios.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Defensoría de la Niñez y Adolescencia
Demandado
Sergio Ortega Ortega
Proceso
Abuso Deshonesto
Magistrado relator
Willam Eduardo Alave Laura
Tribunal Supremo de Justicia18 de octubre de 2012AS/0362/2012Fuente oficial