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TSJ

AS/0362/2018

Tribunal Supremo de Justicia
29 de octubre de 2018Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2018

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 362/2018

Sucre, 29 de octubre de 2018

Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 194/2017

Distrito: Tarija

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS:

Los recursos de casación de fs. 254 a 255 vta., subsanado a fs. 263 interpuesto por Jimy Ramiro Magariños Revollo en representación de Bodegas y Viñedos de la Concepción S.A. y de fs. 267 a 268 deducido por Narcisa Cope Garnica de Portales, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 45/2017 de 20 de marzo, pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso social de pago de derechos y beneficios sociales, seguido por Narcisa Cope Garnica de Portales, contra la Empresa Bodegas y Viñedos de la Concepción S.A., el Auto de 16 de mayo que concedió el recurso, el Auto Supremo N° 194/2017-A de 23 de mayo que lo admitió, los antecedentes del proceso; y

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

I.1.- Sentencia

Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social, emitió la Sentencia Nº 32/2013 de 15 de marzo (fs. 204 a 208 vta.), declarando PROBADA EN PARTE la demanda, de fs. 18 a 21 de obrados en lo que respecta al pago de indemnización, prima anual y bono de antigüedad e IMPROBADA la excepción de prescripción de fs. 158 a 161 conminándose a la Empresa Bodegas y Viñedos de la Concepción S.A. representada por José Luis Porcel Marquiña a pagar a favor de la actora el monto de Bs. 19.020, de acuerdo con el siguiente detalle:

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 1.941,22

Indemnización (3 años y 1 mes): Bs. 5.986

Prima anual (5 gestiones): Bs. 9.706

Bono antigüedad (Gestión 01/02, S.M.N. 5% x 24 meses): Bs. 1.440

Bono antigüedad (Gestión 03/04, S.M.N. 11% x 13 meses): Bs. 1.888

TOTAL A PAGAR: Bs. 19.020

I.2.- Auto de Vista.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 45/2017 de 20 de marzo (fs. 236 a 240 vta.), la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija confirmó parcialmente la Sentencia Nº 32/2013 de 15 de marzo, con la siguiente modificación.

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.232,89

Indemnización (3 años y 1 mes): Bs. 6.844,74

Bono antigüedad (Gestión 01/02, S.M.N. 5% x 24 meses): Bs. 1.440,00

Bono antigüedad (Gestión 03/04, S.M.N. 11% x 13 meses): Bs. 1.888,00

Bono antigüedad (Gestión 2007-2011, S.M.N. 18%, 18%): Bs. 8.714,00

TOTAL A PAGAR: Bs. 18.926,80

Que, del referido Auto de Vista, Jimy Ramiro Magariños Revollo en representación de Bodegas y Viñedos de la Concepción S.A. y Narcisa Cope Garnica de Portales interpusieron los recursos de casación de fs. 254 a 255 vta., subsanado a fs. 263 y de fs. 267 a 268 de obrados respectivamente, en el que se señalan los siguientes argumentos:

II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.

II.1.- Primer recurso.

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Datos del proceso

Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia29 de octubre de 2018AS/0362/2018Fuente oficial