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TSJReiteradora

AS/0365/2019

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2019Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades / Procede / Por falta de fundamentación y motivación

El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de casación o nulidad, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 187 a 192 vta.

Proceso
RECURSO DE CASACION/PROCESO LABORAL
Sala
Social 2da
Año
2019

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 365/2019

Sucre, 14 de agosto de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 94/2019

Distrito: Santa Cruz.

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 187 a 192 vta., interpuesto por Harold Moreno Domínguez, en representación legal de la Universidad Cristiana de Bolivia “UCEBOL”, contra el Auto de Vista Nº 02 de 3 de enero de 2019, cursante a fs. 181 y vta., pronunciado por la Sala Social Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral seguido por Mario Camacho Iriarte, contra la universidad demandada, la respuesta de fs. 197 a 198 vta., el Auto de fs. 199 que concedió el recurso, el Auto Nº 94/2019-A de 5 de abril, de fs. 208 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Cuarto de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 37 de 11 de junio de 2018, de fs. 132 a 137 vta., declarando probada la demanda, con costas, disponiendo que la parte demandada, pague a favor del actor, la suma de Bs. 21.569,90 por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación y multa del 30%.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la parte demandada, cursante de fs. 144 a 149, la Sala Social Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 02 de 3 de enero de 2019, cursante de fs. 181 y vta., confirmó la sentencia apelada, con costas y costos.

I.2 Motivos del recurso de casación

El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de casación o nulidad, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 187 a 192 vta.

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FUNDAMENTACIÓN EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES/ La fundamentacion y motivación en las resoluciones judiciales emitidas en revisión de un fallo impugnado, constituye un deber jurídico, consagrado constitucionalmente como uno de los elementos del debido proceso, que se convierte en una garantía procesal para proteger la seguridad jurídica, misma que debe permitir vislumbrar con claridad las razones de decisión por las cuales se confirmó o se modificó el fallo de instancia; esto implica que todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a su conocimiento, debe inexcusablemente exponer los hechos, los razonamientos relacionados con el análisis y valoración del cúmulo de pruebas, realizando una fundamentación legal citando las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACION/PROCESO LABORAL
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Articulo 213 del Codigo Procesal Civil;

Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2019AS/0365/2019Fuente oficial