Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 366/2012
Sucre: 25 de septiembre de 2012
Expediente: P-4-12-S
Partes: Hugo Badani Montaño c/ Gustavo Aramayo D' Emilio y Otros.
Proceso: Ordinario
Distrito: Pando
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 723 a 726, interpuesto por Pedro Melgar Dorado en representación de Gerardo Aramayo Tobar, y el recurso de casación en el fondo de fojas 729 a 730 interpuesto por Fausto Yugar Cárdenas en su calidad de Apoderado del Sr. Luis Freddy Aguirre Soria contra el Auto de Vista No. 64/2012 de fecha 16 de Mayo de 2012, cursante de fojas 717 a 720, pronunciada por la Sala Civil del Tribunal Departamental de Pando, dentro del proceso Ordinario de Acción Pauliana o Revocatoria, seguido por Hugo Badani Montaño contra Gustavo Aramayo D' Emilio y Otros, los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que Hugo Badani Montaño, interpone en Acción Pauliana demanda de revocación de acto de disposición y nulidad de transferencia, en contra de Gustavo Aramayo D'Emilio, quien es menor de edad, representado por sus progenitores Gerardo David Aramayo Tobar y Norma Esther D'Emilio Suarez de Tobar a Fs. 25 a 27. Demanda contestada y reconvenida a Fs. 110 a 112, además de oponer excepciones de impersonería en el demandante como en el demandado y excepción de pago documentado, declarándose luego improbadas las excepciones de impersonería. Posteriormente, integrándose luego a Litis al Sr. Luis Freddy Aguirre Soria, asume defensa a Fs. 755 y Finalmente contestación a Fs. 295 a 296, donde se opone excepción de Cosa Juzgada y Prescripción.
Sentencia de Fs. 675 a 683 dictada por el Juez de Partido Segundo en lo Civil de la ciudad de Cobija, que declara Improbada la Demanda Principal e Improbada la excepción de Pago Documentado interpuesta en contra de la Demanda Principal. Improbada la Demanda Reconvencional e Improbada la excepción Cosa Juzgada interpuesta en contra de la Demanda Reconvencional y declarándose Probada la excepción perentoria de prescripción interpuesta en contra de la demanda reconvencional.
Apelación de Fs. 691 a 697, interpuesta por Guillermo Torres Lopéz en representación de Hugo Badani Montaño y Apelación de Fs. 700 a 701, interpuesta por Pedro Melgar Dorado, en representación de Gerardo Aramayo Tobar. la sala Civil, Social y de Familia, Niño y Niña y Adolescente dicta Auto de Vista No. 64/2012 que Anula Obrados Hasta Fs. 675 inclusive, debiendo el juez dictar nueva sentencia.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Que, Pedro Melgar Dorado en su calidad de apoderado del Sr. Gerardo Aramayo Tobar, interpone a Fs. 723 a 726, Recurso de Casación en el Fondo alegando errónea interpretación de la Ley, señalando que los Vocales de la Sala Civil, han interpretado de manera equivoca el Art. 424 del Código de Procedimiento Civil, referida a la Confesión Presunta.
Que, Fausto Yugar Cárdenas en su calidad de Apoderado del Sr. Luis Freddy Aguirre Soria, interpone a Fs. 728 a 730, Recurso de Casación en el Fondo señalando que la determinación del Auto de Vista No. 64/2012 de fecha 16 de mayo de 2012, contiene una interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley, específicamente de los Arts. 1286 del Código Civil y 397 del Código de Procedimiento Civil.
CONSIDERANDO III:
Mostrando 19 de 37 parrafos.