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TSJ

AS/0366/2014

Tribunal Supremo de Justicia
11 de julio de 2014Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Usucapión decenal.
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 366/2014

Sucre: 11 de julio 2014

Expediente: P-5-14-S

Partes: María Juana Copa Mamani. c/ Severo Edmundo Rodríguez y Martha

Saucedo Vda. de Acevedo.

Proceso: Usucapión decenal.

Distrito: Pando.

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por María Juana Copa Mamani de fs. 78 a 79, contra el Auto de Vista Nº 5 de 10 de enero de 2014 de fs. 74 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Social, Familia, de la Niñez y Adolescencia de Pando, en el proceso de Usucapión, seguido por María Juana Copa Mamani contra Severo Edmundo Rodríguez Quiroga y Martha Acevedo Vda. de Saucedo; respuesta de fs. 81 y vta, concesión de fs. 84 vta., los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez de Partido en lo Civil No. 1 de Cobija – Pando, pronunció Sentencia Nº 37/2013 de 23 de octubre de 2013 cursante de fs. 59 a 60 vta., por el que declara IMPROBADA la demanda interpuesta por María Juana Copa Mamani.

Contra la referida Sentencia, la demandante, mediante memorial de fs. 63 a 64 vta., interpuso recurso de apelación.

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil, Social, Familia, de la Niñez y Adolescencia de Pando, emitió el Auto de Vista N° 5 cursante a fs. 74 y vta., por el que confirma la Sentencia Nº 037/2013 de 23 de octubre de 2013

Resolución que dio lugar al recurso de casación interpuesto por parte de María Juana Copa Mamani, que se analiza.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Bajo la suma de interponer recurso de casación en la forma y fondo, para luego de manera confusa señalar que lo hace en la forma, primero refiere antecedentes del proceso, centrando luego su recurso en la forma con el argumento de que se habría vulnerado el art. 90, 192-2) del Código de Procedimiento Civil, cuestionando que la parte considerativa del fallo debiera contener análisis y evaluación fundamentada de la prueba y la cita de leyes que se funda, aspecto que no habría, por lo que correspondería “anular obrados y suponer la revocatoria respuesta en Alzada se fundo con las pertinentes citas legales” (Sic.)

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Datos del proceso

Demandante
María Juana Copa Mamani.
Demandado
Severo Edmundo Rodríguez y Martha
Proceso
Usucapión decenal.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia11 de julio de 2014AS/0366/2014Fuente oficial