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TSJReiteradora

AS/0366/2021

Tribunal Supremo de Justicia
9 de junio de 2021Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Inversión de la prueba en el empleador

La parte recurrente aduce Violación a la Normativa Laboral respecto a este punto señala la violación del artículo 41 del Reglamento de la Ley General del Trabajo, y los artículos 66 y 182 inc. i) del Código Procesal del Trabajo, puesto que es absurdo pensar que la Empresa demandada no cuente con un ...

Proceso
proceso de pago de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 366/2021

Sucre, 09 de junio de 2021

Expediente: SC-CA.SAII- SCZ. 249/2020.

Distrito: Santa Cruz.

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 503 a 504, interpuesto por Cleider Choque Yarari en representación legal de Abel Martínez Flores, contra el Auto de Vista Nº 08/2021 de 4 de enero de fs. 492 a 496 vta., pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de pago de beneficios sociales seguido por el recurrente contra la Sociedad Comercial Techo en el Urubó S.R.L., el memorial de respuesta de fs. 507 a 508 vta., el Auto N° 34/2021 de 6 de abril a fs. 509 que concedió el recurso, el Auto Nº 249/2021-A de 22 de abril de fs. 517 y vta., que lo admitió, los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso.

I.1.1. Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Sexto de Partido, Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 22 de 14 de septiembre de 2020 de fs. 464 a 468, declarando PROBADA en parte con costas la demanda de fs. 5 a 8, debiendo la entidad demandada cancelar los beneficios sociales a favor de Abel Martínez Flores por concepto de:

Sueldo Promedio Bs. 7.502,4

Desahucio Bs. 22.507,2

Sueldo Devengado Junio 2016 Bs. 3.501,1

Horas Extras(3 años, 7meses y 6dias) Bs. 129.791,7

Sub Total Bs. 155.800,0

Multa del 30% Bs. 46.740,0

TOTAL Bs. 202.540,1

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la Sociedad Comercial Techo en el Urubó S.R.L. de fs. 471 a 474, la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 08/2021 de 4 de enero, cursante de fs. 492 a 496 vta., REVOCÓ en parte la Sentencia N° 22 de 14 de septiembre, excluyendo el pago por concepto de horas extras al no corresponder el mismo, haciendo una nueva liquidación en la suma de Bs. 33.810,46 por concepto de desahucio y sueldo devengado de junio de 2016; más el pago de la multa del 30% prevista en el art. 9.II del Decreto Supremo 28699.

CONSIDERANDO II:

II.1. MOTIVOS DEL RECUROS DE CASACION.

El referido Auto de Vista, motivó al demandante a interponer el recurso de casación, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 503 a 504 vta., que se traducen en:

II.1.1. Violación a la norma Procesal Civil

Manifiesta que se violaron los artículos 5 y 136.II del Código de Procedimiento Civil, debiendo demostrarse si la parte no realizaba horas extras, puesto que la Empresa demandada de acuerdo a planillas que presentó contaba con 379 trabajadores en el tiempo en el que el demandado trabajaba con ellos, debiendo contar con un libro de registro de horas extras.

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INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Datos del proceso

Demandante
Cleider Choque Yarari en representación legal de Abel Martínez Flores
Demandado
Sociedad Comercial Techo en el Urubó S.R.L.,
Proceso
proceso de pago de beneficios sociales
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículos 3 inc. h), 66, 150 y 182 del Código Procesal de Trabajo.

Tribunal Supremo de Justicia9 de junio de 2021AS/0366/2021Fuente oficial