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TSJReiteradora

AS/0367/2021

Tribunal Supremo de Justicia
23 de junio de 2021Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Relación laboral / Existencia (Ley General del Trabajo)

La entidad recurrente acusó, de error en la falta de apreciación de las pruebas, debiendo considerarse que, el actor no está sujeto al ámbito de la Ley General del Trabajo, porque prestó sus servicios como personal con Ítem en una institución pública descentralizada, conforme establece el Decreto Le...

Proceso
Social
Sala
Social 1era
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 367

Sucre, 23 de junio de 2021

Expediente : 199/2021

Demandante : Rodrigo Almanza Iriarte

Demandado : Corporación del Seguro Social Militar “COSSMIL”

Materia : Social

Distrito : Cochabamba

Magistrado Relator : Dr. Ricardo Torres Echalar.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 251 a 252, interpuesto por Walter Gonzalo Marañón Bernal y Ronald Osvaldo Fuentes Ramallo, en representación legal de Marco Antonio Álvarez Daza, Gerente de la Corporación del Seguro Social Militar “COSSMIL”, en virtud del Testimonio Poder N° 295/2020, otorgado por la Notaría de Fe Pública N° 055 a cargo del Abg. DAEN Samuel Ponier Rocha, de la ciudad de La Paz, contra el Auto de Vista Nº 139/2020 de 12 de agosto (fs. 238 a 244 vlta.), emitido por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral de liquidación de derechos y beneficios sociales, seguido por Rodrigo Almanza Iriarte, contra la entidad recurrente, el Auto de 23 de febrero de 2021, que concedió el recurso (fs. 265), el Auto N° 199/2021 de 16 de abril, que admitió el recurso (fs. 270 y vlta.), los antecedentes del proceso y todo cuanto fue pertinente analizar.

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO.

Cumplidas las formalidades procesales, el Juez de Trabajo y Seguridad Social N° 2, de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia de 15 de julio de 2019, de fojas 175 a 190, que declara PROBADA la demanda de fs. 11 a 24, por lo que ordenó a Omar Horacio Fuentes García, en su calidad de Agente Regional de la Corporación de Seguro Social Militar “COSSMIL”, para que dentro del tercer día de ejecutoriada la Sentencia y bajo alternativa de Ley, pague al demandante el monto de la liquidación que sigue, más la correspondiente multa prevista por el art. 9 del Decreto Supremo (DS) N° 28699 de 1 de mayo de 2006, concordante con el parágrafo III del art. 1 de la Resolución Ministerial (RM) N° 447 de 8 de julio de 2009, que reglamenta el DS. N° 110 de 1 de mayo de 2009, por el retraso en el pago de sus beneficios sociales y derechos sociales:

TIEMPO DE SERVICIO 9 AÑOS, 3 MESES Y 28 DÍAS

SALARIO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 3.964

INDEMNIZACION POR TIEMPO DE SERVICIOS 36.975,31

DOMINGOS Y FERIADOS 68.173,92

JORNADA EXTRAORDINARIA Y NOCTURNA 197.533,20

SUBSIDIO DE NATALIDAD GESTIÓN 2011 815,48

SUBSIDIO DE LACTANCIA ENERO Y FEBRERO 2011 1.630,96

SUB TOTAL 305.128,87

MENOS PAGO A CUENTA FINIQUITO 3 DE ENERO DE 2010 36.975,31

TOTAL 268.153,56

Auto de Vista

Deducido el recurso de apelación, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 139/2020 de 12 de agosto, cursante de fs. 238 a 244 vlta, REVOCÓ parcialmente la Sentencia de 15 de julio de 2019, de acuerdo a la siguiente liquidación:

TIEMPO DE SERVICIO 9 AÑOS, 3 MESES Y 28 DÍAS

SALARIO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 3.964

PROMEDIO POR HORA Bs. 22,02

DOMINGOS Y FERIADOS 68.173,92

JORNADA EXTRAORDINARIA Y NOCTURNA 36.907,96

SUBSIDIO DE NATALIDAD GESTIÓN 2011 815,48

SUBSIDIO DE LACTANCIA ENERO Y FEBRERO 2011 1.630,96

SUB TOTAL 107.528,32

MENOS PAGO A CUENTA FINIQUITO 3 DE ENERO DE 2010 36.975,31

TOTAL 70.553,01

II.- RECURSO DE CASACIÓN.

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Máxima

ALCANCES DE LA LEY GENERAL DEL TRABAJO EN TRABAJADORES DE COSSMIL/Los trabajadores de esta entidad que en su relación laboral concurran las características esenciales de dependencia, subordinación, trabajo a cuenta ajena, percibiendo una remuneración o salario mensual; están sujetos a las disposiciones de la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario.

Datos del proceso

Demandante
Rodrigo Almanza Iriarte
Demandado
Corporación del Seguro Social Militar “COSSMIL”
Proceso
Social
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Artículo 3 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006

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