Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 369/2014.
Sucre, 30 de diciembre de 2014.
Expediente: SSA.II-CHUQ.381/2014.
Distrito: Chuquisaca.
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS: El recurso de casación en la forma y fondo de fs. 212 a 213, interpuesto por Francisca Bertha Lucas Quiñones vda. de Ramos contra el Auto de Vista Nº 391/2014 de 11 de agosto, de fs. 208 a 209, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de Renta de Viudedad instaurado por la recurrente contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), la respuesta de fs. 217 a 220, el auto de fs. 227 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, por Resolución Nº 0011258 de 26 de noviembre de 2013, de fs. 142 a 144, resolvió desestimar la Renta Única de Viudedad solicitada por Francisca Bertha Lucas Quiñones vda. de Ramos, en virtud a las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la resolución.
La Comisión de Calificación de Rentas, por Resolución Nº 0011741 de 9 de diciembre de 2013 (fs. 150), resolvió otorgar en favor de Estrellita Divina Ramos Guzmán, Renta Única de orfandad absoluta, equivalente hasta el 84% hasta que cumpla los 19 años de edad, de la renta que le correspondía a su causante, en el monto de Bs.2.377,85.- (dos mil trescientos setenta y siete 85/100 bolivianos), incluido incrementos de ley, que se pagará a partir del mes de mayo del 2013.
Interpuesto el recurso de reclamación por Francisca Bertha Lucas Quiñones, mediante memorial de fs. 161 a 166, la Comisión de Reclamación del SENASIR, por Resolución Nº 198/2014 de 21 de marzo de 2014 de fs.177 a 180, confirmó la Resolución Nº 0011258 de 26 de noviembre de 2013 cursante de fs. 142 a 144 de obrados, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas, por encontrarse conforme a los datos del expediente y normativa vigente.
En grado de apelación deducida por la solicitante de fs. 189 a 195, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista Nº 391/2014 de 11 de agosto de 2014 de fs.208 a 209, confirmó totalmente la Resolución Administrativa Nº 198/2014 de 21 de marzo, pronunciada por la Comisión de Reclamación del SENASIR de fs. 177 a 180. Sin costas.
El mencionado fallo, motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo planteado por la solicitante a fs. 212 a 213, con base en los siguientes argumentos:
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