Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº:
370/2014
Fecha:
17 de septiembre de 2014
Expediente:
149/2009
Distrito:
Santa Cruz
Acusación:
Ministerio Público y Dalcy Figueroa Rojas
Imputado:
Emilio Apurani Reyes
Delito:
Violación niño, niña
Recurso:
Casación - Admisibilidad
IANUS:
701199200900513
Magistrado Relator:
Abg. Iván Lima Magne
VISTOS: El Auto Supremo Nº 305/2014 dictado por la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia que determina ingresar a conocer el fondo de los derechos alegados y establecer la existencia de contradicción entre el Auto de Vista impugnado y la Doctrina Legal vinculante establecida por la Jurisprudencia vigente del Tribunal Supremo de Justicia.
I.- DEL RECURSO DE CASACION.
1. ANTECEDENTES.- Determinada la admisibilidad del recurso, se analizará los recursos presentados en consideración de la problemática planteada por los recurrentes. El Sistema de Recursos definido por la Ley 1970 (es compatible con la Constitución Política del Estado y el Pacto de San José de Costa Rica) está regido por el derecho a la fundamentación de las decisiones judiciales, asumiendo que la actuación de los Tribunales de Sentencia, los Tribunales Departamentales y el Tribunal Supremo de Justicia, conforman una unidad coherente y lógica que da respuesta al ciudadano y corrige su actuación en los aspectos vulnerados y preserva las actuaciones cumplidas que no han generado una afectación al debido proceso. En consecuencia y según los fundamentos expuestos en el Caso 35/2010 (Auto Supremo 2014), Caso 46/2009 (Auto Supremo), se analiza los argumentos expuestos por el recurrente.
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