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TSJReiteradora

AS/0370/2018

Tribunal Supremo de Justicia
27 de julio de 2018Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho de la Seguridad Social / Principios y derechos

Señala el recurrente que existe normativa erróneamente interpretada, transgredida y mal aplicada; pues existe norma que dispone que para la certificación de aportes al sector de la banca privada, se establece a través de los Estudios Matemáticos Actuariales y sus complementos, no procediendo la apli...

Proceso
Reclamación de Compensación de Cotizaciones
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

AUTO SUPREMO N° 370

Sucre, 27 de julio de 2018

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES

Expediente: 63/2018

Demandante: Berthy Suárez Escalante

Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”

Materia: Reclamación de Compensación de Cotizaciones

Distrito: Santa Cruz

Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa

VISTOS

El recurso de casación de fs. 89 vta. a 93, interpuesto por Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda, en su condición de apoderadas de Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo y Representante Legal del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 215 de 14 de septiembre de 2017, de fs. 86 y vta., pronunciado por la Sala Primera en Materia del Trabajo y Seguridad Social, Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social sobre reclamación de compensación de cotizaciones, seguido por Berthy Suárez Escalante contra el recurrente; contestación de fs. 100 y vta.; Auto que concede el recurso de fs. 102; Auto de Admisión de 21 de febrero de 2018 de fs. 111 y vta., antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES PROCESALES

Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto

Iniciado el trámite de Compensación de Cotizaciones (CC) Procedimiento Automático por Berthy Suárez Escalante, ante la imposibilidad de determinar el salario cotizable, por falta de documentación, el asegurado inicia el trámite por Procedimiento Manual; la Comisión nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, desestima la solicitud mediante Resolución 5813 de 1 de diciembre de 2015, de fs. 34, porque el asegurado no figura en los listados de los Estudios Matemáticos Actuariales Nacional e Individual, del Banco de la Nación Argentina, del periodo octubre de 1974 a octubre de 1982, en cumplimiento de la Resolución Administrativa (RA) 299.13 de 31 de julio de 2013, que aprueba el Manual de Certificación Compensación de Cotizaciones, Capítulo I, Numeral 2.8 Inciso a) y e), (fs. 34 de obrados).

Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR

El asegurado presenta recurso de reclamación contra la Resolución 5813, que desestima su solicitud de CC – Procedimiento Manual; la Comisión de Reclamación del SENASIR, resuelve mediante Resolución 499/16 de 29 de noviembre de 2016, confirma la Resolución reclamada, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa vigente.

Auto de Vista

César Zanki Jiménez en representación legal del asegurado, formula recurso de apelación; la Sala Primera en Materia del Trabajo y Seguridad Social, Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista Nº 215 de 14 de septiembre de 2017, cursante a fs. 86 y vta., revoca la resolución dictada por la Comisión Reclamación, ordenando al SENASIR, calcular los aportes realizados en el Sistema de Reparto.

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Contra el Auto de Vista, el ente gestor formula recurso de casación en el fondo, cuyo escrito cursa de fs. 89 a 93, con los argumentos siguientes:

1.- Existe normativa erróneamente interpretada, transgredida y mal aplicada; al art. 2 de la Resolución Ministerial (RM) 498 de 7 de septiembre de 2005, que textualmente dispone para la certificación de aportes al sector de la banca privada, se establece a través de los Estudios Matemáticos Actuariales y sus complementos, conforme la RA 774 de 20 de octubre de 1999 y RA 618 de 8 de noviembre de 2001, no procediendo la aplicación de los arts. 13 y 14 del Decreto Supremo (DS) 27543 para los periodos que comprenden dichos estudios actuariales.

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Datos del proceso

Demandante
Berthy Suárez Escalante
Demandado
Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”
Proceso
Reclamación de Compensación de Cotizaciones
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículos 45 y 410 de la Constitución Política del Estado

Tribunal Supremo de Justicia27 de julio de 2018AS/0370/2018Fuente oficial