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TSJReiteradora

AS/0371/2019

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2019Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Inversión de la prueba en el empleador

El recurrente afirma que el auto de vista sujeto de recurso extraordinario no se encuentra fundamentado, menos hace una apreciación al fundamento jurídico por el cual se ha presentado el recurso de apelación en contra de la sentencia como se tiene lo siguiente: a) Se presentó el recurso de apelación...

Proceso
RECURSO DE CASACION/PROCESO LABORAL
Sala
Social 2da
Año
2019

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 371/2019

Sucre, 14 de agosto de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-LP 229/2018

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación de fs. 108 a 109 vta., interpuesto por Victor Hugo Villán Acarapi, contra el Auto de Vista Nº 24/2018 de 20 de enero de 2018 de fs. 105 a 106, correspondiente a la Sala Tercera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue Teresa Contreras Hidalgo en contra de Victor Hugo Villán Acarapi, el Auto de 02 de mayo de 2018 que concedió el recurso, el Auto Nº 45/2018 de 28 de mayo de fs. 111, que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso.

I.1.1. Sentencia. –

Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia de 26 de septiembre de 2016, cursante de fs. 81 a 85, declarando probada la demanda de fs. 9 a 10, disponiendo que Victor Hugo Villán Acarapi, proceda al pago de Bs. 7.670,00 por concepto de indemnización, aguinaldo y sueldos devengados, más multa del 30% de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por Victor Hugo Villán Acarapi, de fs. 108 a 109 vta., la Sala Tercera Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 24/2018 de 20 de enero de 2018, cursante de fs. 105 a 106, confirma la sentencia apelada.

II. MOTIVOS DEL RECUROS DE CASACION. –

El referido auto de vista, motivó al demandado a interponer el recurso de casación de fs. 108 a 109 de obrados, manifestando en síntesis:

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INVERSIÓN DE LA PRUEBA EN EL EMPLEADOR/ La inversión de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, puesto que las pruebas aportadas por la parte recurrente son insuficientes para desvirtuar lo alegado por la otra parte y para privar a los trabajadores de sus beneficios sociales debe existir prueba suficiente para reconocer o no los conceptos reclamados.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACION/PROCESO LABORAL
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Articulos 3.h), 66 y 150 del Codigo Procesal del Trabajo

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