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TSJ

AS/0374/2005

Tribunal Supremo de Justicia
20 de octubre de 2005Penal II
Proceso
Sala
Penal II
Año
2005

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: Nº 374 Sucre, 20 de octubre de 2005

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Ministerio Público y otro c/ Miriam Espinoza Claros

Estafa

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VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 137 a 139 interpuesto por Miriam Espinoza Claros impugnando el Auto de Vista de fojas 117 a 119 y vuelta de fecha 13 de junio de 2005 dictado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del juicio penal seguido por el Ministerio Público y Víctor Quispe Coronado contra la recurrente por la comisión del delito de estafa, previsto y sancionado por el artículo 335 del Código Penal.

CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso se concluye que la impetrante ha planteado los recursos que la ley le concede, cumpliendo los plazos señalados en los artículos 408 y 417 del Código de Procedimiento Penal.

Que el recurso de casación interpuesto no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal ya que se reduce a fundamentar en sentido de que el fallo recurrido incurre en inadecuada subsunción del hecho al tipo penal incurso en el artículo 335 del Código Penal; consiguientemente existiría error injudicando, aspecto que fundadamente ya fue dilucidado por el tribunal de alzada.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otro
Demandado
Miriam Espinoza Claros
Tribunal Supremo de Justicia20 de octubre de 2005AS/0374/2005Fuente oficial