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TSJ

AS/0375/2007

Tribunal Supremo de Justicia
27 de marzo de 2007Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 375

Sucre, 27 de marzo de 2.007

DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social.

PARTES: Shirley Rosa Ortuño Rojas c/ Honorable Alcaldía Municipal de Punata.

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 88-89, interpuesto por Shirley Rosa Ortuño Rojas, contra el auto de vista Nº 275/2006 de 19 de septiembre de 2006 (fs. 84-85), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social que sigue la recurrente, contra la Honorable Alcaldía Municipal de Punata, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de reliquidación de beneficios sociales, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la sentencia de 20 de abril de 2004 (fs. 54-57), declarando probada en parte la demanda de fs. 18-19, en lo que respecta al pago de vacaciones y bono de antigüedad e improbada en los demás puntos demandados, conminándose en consecuencia al Municipio demandado para que a través de su titular actual Bertha Torrico Montaño, pague a favor de la actora, la suma de Bs. 2.209,70.-

En grado de apelación deducida por ambas partes del proceso, por auto de vista Nº 275/2006 de 19 de septiembre de 2006 (fs. 84-85), de oficio se anula obrados hasta el estado en que la actora dirija su demanda ante la autoridad llamada por ley. Sin responsabilidad por ser excusable.

Que, contra el auto de vista de 19 de septiembre de 2006, la demandante interpone recurso de casación en el fondo a fs. 88-89, acusando la violación del art. 157 de la C.P.E., solicitando la casación del auto de vista recurrido, manteniendo firme y subsistente la sentencia de fs. 54-57 de 20 de abril del 2004, en la que se dispuso el pago de sus derechos adquiridos.

CONSIDERANDO II: Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art. 15 de la L.O.J., cual es de revisar de oficio, si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que norman la correcta tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes o determinar de oficio, la nulidad de obrados, en aplicación del art. 252 del Cód. Pdto. Civ.; se establece:

Que, en la sentencia de primera instancia no se reconocieron a favor de la actora, los beneficios sociales demandados sino únicamente el pago de derechos adquiridos como funcionaria del Municipio de Punata, derechos estos, previstos y protegidos en el art. 157 de la C.P.E., a favor de todos los trabajadores sin exclusiones.

Que, el Municipio demandado, no impugna el reconocimiento de los derechos adquiridos de la demandante, circunscribiendo su apelación al hecho de estar excluida de ámbito de aplicación de la L.G.T., por haber sido funcionaria pública municipal, contratada en vigencia de la nueva Ley Orgánica Municipal Nº 2028.

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Datos del proceso

Demandante
Shirley Rosa Ortuño Rojas
Demandado
Honorable Alcaldía Municipal de Punata.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia27 de marzo de 2007AS/0375/2007Fuente oficial