Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: Nº 378 Sucre, 17 de noviembre de 2008
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Ministerio Público, Ricardo Zambrana Mogrovejo e Isabel Carvajal de Zambrana c/ Pastor Edgar Manzano Quintanilla.
Estafa (Declara inadmisible el recurso de casación)
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Sucre, 17 de noviembre de 2008
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Ricardo Zambrana Mogrovejo e Isabel Carvajal de Zambrana, impugnando el Auto de Vista Nº 120/08 de 21 de abril de 2008, modificado por Auto Nº 127/08 de 16 de mayo de 2008, emitidos por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y los recurrentes contra Pastor Edgar Manzano Quintanilla, por el delito de Estafa, previsto y sancionado por el artículo 335 del Código Penal, los antecedentes y:
CONSIDERANDO: Que, los recurrentes impugnaron el Auto de Vista Nº 120/08 de 21 de abril de 2008, argumentando que el Tribunal de apelación al anular totalmente la sentencia apelada por errónea aplicación de la Ley sustantiva, debió corregir directamente el error y dictar una nueva sentencia; argumentaron que al no haberse pronunciado en ese sentido, el Auto de Vista impugnado es contrario a la doctrina señalada por los Autos Supremos Nº 62 de 27 de enero de 2007 y 487 de 15 de noviembre de 2005.
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