Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
PRIMERA
Auto Supremo Nº 379/2021
Sucre, 23 de junio de 2021
Expediente: BNI. 242/2021
Departamento: Beni
Proceso: Social
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 153 a 158, interpuesto por Jesús Eguez Rivero, en su condición de Rector y representante legal de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivián” contra el Auto de Vista Nº 024/2021 de 04 de marzo, cursante de fs. 146 a 149 vlta., pronunciado por la Sala del Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, dentro del proceso laboral de reintegro de beneficios sociales seguido por Jorge Eduardo Farah Benguria contra la entidad recurrente, el Auto de 05 de abril de 2021 de fs. 166 que concedió el recurso, el Auto de 30 de abril de 2021 de fs. 172 y vlta., que admitió el recurso; los antecedentes del proceso y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.
Sentencia.
Admitida la demanda y corridos los trámites del proceso, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de Beni, emitió la Sentencia Nº 060/2019 de 03 de diciembre, de fs. 117 a 119, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 30 a 39, sin costas, disponiendo que la entidad demandada pague los beneficios sociales en favor de la parte actora, mas multa del 30% y actualización del monto a ser cancelado en base a la variación del UFVs., conforme la siguiente liquidación:
Salario Promedio Indemnizable: Bs. 10.011,15
Indemnización: 18 años 2 meses y 28 días: Bs. 182.647,86
18 años: Bs. 180.200,70
2 meses: Bs. 1.668,52
26 días: Bs. 778,64
Menos monto cancelado punto 2: Bs. 172.887,01
TOTAL DE DERECHOS SOCIALES: Bs. 9.760,85
Auto de Vista.
En apelación deducido por ambas partes del proceso, la Sala del Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, expidió el Auto de Vista Nº 024/2021 de 04 marzo, cursante de fs. 146 a 149 REVOCO PARCIALMENTE la sentencia apelada, ordenando que se pague a la parte actora Bs. 28.809.87, no así el monto de Bs. 9.760.85 que equivocadamente se dispuso en la sentencia impugnada, quedando subsistente en lo demás. Con Costas.
II. Recurso de Casación, Contestación y Admisión.
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