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TSJReiteradora

AS/0380/2020

Tribunal Supremo de Justicia
9 de marzo de 2020Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Coactivo Fiscal / Recursos / Casación / Infundado

El recurrente señala que los juzgadores de instancia, no se refirieron de manera positiva o negativa a los puntos acusados por su parte, como tampoco se refirieron a la validez o invalidez de su prueba adjuntada durante la tramitación de la presente causa, dejando flotando los puntos determinantes p...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/CONTENSIOSO ADMINISTRATIVO
Sala
Social 2da
Año
2020

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 380/2020

Sucre, 9 de marzo de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-OR. 279/2019

Distrito: Oruro.

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 113 a 115 vta., interpuesto por Indalicio Ángel Solís Grandon, contra el Auto de Vista Nº 72/2019 de 19 de junio, cursante de fs. 109 a 111, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso contencioso administrativo, seguido por el ahora recurrente, contra el Servicio de Impuestos Nacionales de Oruro, la respuesta de fs. 121 a 123, el Auto de fs. 124 que concedió el recurso, el Auto Nº 274/2019-A de 7 de agosto de fs. 130 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Oruro, emitió la Sentencia Nº 078/2017 de 21 de abril, cursante de fs. 68 a 74, declarando improbada la demanda de fs. 5 a 7 vta., disponiendo, confirmar la Resolución Sancionatoria N° 18.00673-14 de 21 de mayo, manteniendo firme y subsistente todo lo su contenido, con la sanción de clausura por el tiempo de 12 días continuos de su establecimiento comercial.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por el demandante, cursante de fs. 76 a 80, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Auto de Vista N° 72/2019 de 19 de junio, cursante de fs. 109 a 111, confirmó la Sentencia Nº 078/2017 de 21 de abril, cursante de fs. 68 a 74.

I.2 Motivos del recurso de casación

El referido auto de vista, motivó a Indalicio Ángel Solís Grandon, a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 113 a 115 vta., manifestando en síntesis:

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Máxima

VALORACIÓN DE LA PRUEBA/ La valoración de la prueba es atribución privativa de los juzgadores de instancia e incensurable en casación salvo error de derecho o de hecho demostrado a tiempo de realizar dicha valoración; debiendo al efecto la parte recurrente identificar la norma infringida y específica, cuál de las pruebas se habría omitido en su valoración.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/CONTENSIOSO ADMINISTRATIVO
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículos 76, 145 de la Ley N° 2492.

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