Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 381
Sucre: 27 de agosto de 2013
Expediente: SC – 76 – 08 – S
Proceso: Rescisión De Contrato Y Retención De Arras
Partes: Gloria Inés Sandoval Argote c/ Sandra Palmieri Salazar
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba
VISTOS: El Recurso de Casación de fojas 91 a 94 vuelta, interpuesto por Sandra Palmieri Salazar, contra el Auto de Vista de 24 de enero de 2008, cursante a fojas 88 y vuelta de la que fuera Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de RESCISIÓN DE CONTRATO Y RETENCIÓN DE ARRAS, seguido por Gloria Inés Sandoval Argote contra la recurrente, los antecedentes del proceso, la contestación al recurso de fojas 96 a 97 y el auto de concesión de fojas 97 vuelta; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.- Que durante la tramitación de la causa, el Juez de Partido 12º en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, pronunció sentencia N° 86 de fecha 11 de junio de 2007 cursante de fojas 69 a 70 vuelta de obrados, declarando PROBADA la demanda interpuesta por la demandante Gloria Inés Sandoval Argote de fojas 6 y vuelta, en consecuencia se declara la rescisión del contrato privado de fecha 07/11/2005 y su reconocimiento de firmas y la retención de arras dispuestas en el contrato indicado a favor del demandante.
Que, en grado de apelación incoada por la recurrente, la Sala Primera Civil y Comercial de la Corte Superior de Distrito Judicial de Santa Cruz, confirma la sentencia de fojas 69 a 70 y vuelta y revoca el auto complementario de fojas 73, debiendo estar únicamente a los que dispone la sentencia, sin costas.
CONSIDERANDO II:
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.- Auto de Vista que dio lugar a la interposición del recurso de casación en el fondo, resumidos en los siguientes términos:
Manifiesta que, la resolución de vista impugnada no toma en cuenta los recibos de fojas 36 a 45, sobre pagos realizados a favor de la demandante, no llegando a valorar esta prueba.
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