Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0382/2012

Tribunal Supremo de Justicia
26 de octubre de 2012Penal LiquidadoraMag. Silvana Rojas Panoso
Proceso
Tráfico de Sustancias Controladas.
Sala
Penal Liquidadora
Año
2012

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL LIQUIDADORA

Auto Supremo Nº: 382/12 Fecha: Sucre, 26 de octubre de 2012

Distrito: Cochabamba

Expediente: 126/2011

Partes: Ministerio Público c/ Eleuterio Enríquez Picha, Demetria Bacudes Ala y José Duran Flores.

Delito: Tráfico de Sustancias Controladas.

Recurso: Casación

VISTOS: El Recurso de Casación presentado el 26 de agosto de 2011 por Eleuterio Enríquez Picha (fs. 412 a 413 vta.), impugnando el Auto de Vista de 11 de junio de 2011 (fs. 398 a 400), pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal de acción pública seguido a instancias del Ministerio Público contra el recurrente, Demetria Bacudes Ala y José Duran Flores, por la comisión del delito de "Tráfico de Sustancias Controladas", previsto y sancionado por el art. 48 en relación al 33-m) de la Ley No. 1008, los antecedentes, Requerimiento Fiscal, y;

CONSIDERANDO I: Que, sustanciado el proceso por el Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba, se dictó Sentencia de 24 de junio de 2003 (fs. 308 a 309 vta.), mediante la cual se declaró a: Eleuterio Enríquez Picha, Demetria Bacudes Ala y José Duran Flores, autores y culpables de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en el art. 48 con relación 33-m) de la Ley No. 1008, por existir plena prueba en su contra, quienes fueron condenados a la pena privativa de libertad de diez años de presidio, a cumplir en la Cárcel Pública de la ciudad de Cochabamba, al pago de 500 días multa a razón de Bs. 1.- por día a cada uno, más costas y daños y perjuicios ocasionados al Estado, a ser averiguados en ejecución de Sentencia y se dispuso la confiscación definitiva de los precursores incautados a favor del Estado.

Notificado Eleuterio Enríquez Picha con la Sentencia de Primera instancia, recurrió de Apelación mediante memorial de fs.313, y mediante memorial de fs. 319 a 320 presentó la fundamentación de su Recurso de Apelación argumentando, que en la introducción de la prueba en el plenario de la causa se ignoró el principio de contradicción, inmediación y bilateralidad, pues las diligencias de Policía Judicial fueron introducidas al proceso por su lectura sin que sea puesta a conocimiento de la defensa; que no conoce de las sustancias controladas que fueron encontradas en el inmueble de los coprocesados, por lo que solicitó se revoque la Sentencia Apelada y se le absuelva de pena y culpa.

Por su parte notificado con la Sentencia de primera instancia Demetria Bacudes Ala dedujo Recurso de Apelación a fs. 314 y mediante memorial de fs. 323 presentó la fundamentación de su Recurso de Apelación, argumentando, que el delito de tráfico involucra la idea de comercialización y que sin admitir culpabilidad y si se concluye que los precursores estaban destinados a la venta, el acto no pasa de ser una tentativa de delito por la intervención policial, por lo que solicitó se revoque la Sentencia Apelada y se le absuelva de pena y culpa.

Que, el Tribunal de alzada mediante Auto de Vista de 11 de junio de 2011 que corre de fs. 398 a 400, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal (fs.316), confirmó la Sentencia de 24 de junio de 2003 (fs. 308 a 309 vta.), y declaró a los procesados Eleuterio Enríquez Picha, Demetria Bacudes Ala, autores de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 en relación con 33-m) de la Ley No. 1008 por existir plena prueba en su contra y se les condenó a sufrir la pena de 10 años de presidio a cumplir en la Cárcel Pública de "El Abra" y "San Sebastián" mujeres.

Por memorial de fs. 412 a 413 vta. Eleuterio Enríquez Picha, presentó Recurso de Casación contra el Auto de Vista de 11 de junio de 2011 que corre de fs. 398 a 400, argumentando:

1.- Que, el Tribunal Ad-quo como el Tribunal Ad-quem no tomaron en cuenta que él desconocía del contenido del bulto, de la mochila ya que cuando le entregaron no le avisaron de que se trataba, así consta en las declaraciones testifícales y del procesado José Duran Flores prueba que no fue valorada adecuadamente.

2.- Que, en la presente causa se incurrió en una infracción directa, aplicación indebida e interpretación errónea de la Ley sustantiva, ya que los hechos motivo de la presente causa no se adecúan a la tipificación descriptiva del art. 48 de la Ley No. 1008, por lo que solicitó se case el Auto de Vista recurrido.

CONSIDERANDO II: Que, formulado el Recurso de Casación y de la revisión detallada del proceso, se establecen los siguientes hechos:

1.-Que, como emergencia de un operativo en la localidad de Isinata, provincia Chapare, en un inmueble al lado del alojamiento "Cochabamba" el 21 de abril de 1999, una patrulla de "UMOPAR" requisó dicho inmueble y en el primer cuarto se encontró a Eleuterio Enríquez Picha descansando en su interior, en el cuarto adyacente se encontró cuatro catres en los cuales estaban descansando niños y niñas, más dos personas mayores que se identificaron como Víctor Serrano Mayta y Emeteria Bacudes Ala y debajo del catre donde descansaba esta ultima se encontró una mochila Wangler color azul conteniendo dos paquetes envueltos con cinta masquín de color café de forma ovalada y que contenía en su interior una sustancia blanquecina con olor y color característico a cocaína, asimismo se encontró en dicha habitación un bidón de cinco litros conteniendo tres litros de ácido sulfúrico, diez metros de hule plástico, dos bidones rojo y verde conteniendo dos litros de ácido sulfúrico y una bolsa negra de nylon conteniendo dos kilos de bicarbonato de sodio, por lo que fueron detenidos Eleuterio Enríquez Picha, Víctor Serrano Mayta y Demetria Bacudes Ala, así consta en el acta de operativo de fs. 7 a 8, el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, mediante Requerimiento de fs. 28 depuso se dé inicio a la investigación correspondiente contra Eleuterio Enríquez Picha, Víctor Serrano Mayta y Demetria Bacudes Ala por los delitos relacionados a la Ley No.1008, prestadas sus Declaraciones Informativas Policiales de fs. 37 a 38, 40 a 41, 47 a 48, 50 a 51, mediante Requerimiento Fiscal de 29 de julio de 1999 se solicitó se disponga la libertad de Víctor Serrano Mayta, al no contar con suficientes elementos de juicio de que estuviera involucrado en actividades de narcotráfico de fs. 81 a 83, y por Requerimiento Fiscal de 7 de agosto de 1999 de fs. 85 a 86, solicitó apertura de proceso penal contra José Duran Flores, Eleuterio Enríquez Picha y Demetria Bacudes Ala por la supuesta comisión del delito de "Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 en relación con el 33-m) de la Ley No. 1008, y de los dos últimos por complicidad en el mismo delito, por Auto de 23 de agosto de 1999 el Juzgado de Partido Primero de Sustancias Controladas del Distrito Judicial de Cochabamba dio curso al Requerimiento Fiscal (fs.88) y una vez que prestaron los acusados sus declaraciones confesorias (fs. 103 a 104, 173 a 174 y 178 a 179 respectivamente) se instaló la Audiencia Pública de Apertura de Debates de fs. 240, 273, 283, 293, 295, 306 y vta. y clausurada esta etapa procesal, se dictó la Sentencia de 24 de junio de 2003 (fs. 308 a 309 vta.) que declaró a: José Duran Flores, Eleuterio Enríquez Picha y Demetria Bacudes Ala, autores y culpables de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación 33-m) de la Ley No. 1008, por existir plena prueba en su contra, quienes fueron condenados a la pena privativa de libertad de diez años de presidio, a cumplir en la Cárcel Pública de esa ciudad, al pago de 500 días multa a cada uno a razón de Bs. 1.- por día, más costas y daños y perjuicios ocasionados al Estado a ser averiguados en ejecución de Sentencia.

Mostrando 17 de 33 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Eleuterio Enríquez Picha, Demetria Bacudes Ala y José Duran Flores.
Proceso
Tráfico de Sustancias Controladas.
Magistrado relator
Silvana Rojas Panoso
Tribunal Supremo de Justicia26 de octubre de 2012AS/0382/2012Fuente oficial